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REQUISITOS DE LOS COMPROBANTES FISCALES PARA 2012
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saludos y gracias
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Checa eL tópico , ahí se comenta lo que preguntas:
ART.29-B DE CFF(12-DIC-2011)
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kmorales:
Checa eL tópico , ahí se comenta lo que preguntas:
ART.29-B DE CFF(12-DIC-2011)
Fiscalista 1 : ya estoy ahi checkando.. gracias
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- ernye
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Artículo 29 . Los comprobantes que se expidan en los supuestos que a continuación se indican, deberán cumplir adicionalmente con lo que en cada caso se especifica: a) Los que expidan los contribuyentes que enajenen lentes ópticos graduados, deberán separar el monto que corresponda por dicho concepto.
podrian por favor ayudarme en entender este requisito del inciso a) ? ya que por ejemplo una optica que vende lentes graduados y que factura, separa el monto del importe total, desglosando el iva trasladado... o se refiere a que ahora hay que separar tambien el importe de lo que esta cobrando por hacer la graduacion de los lentes?
--de tal manera que quedaria:
importe x graduacion de lentes $
mas: venta del armazon y plastico u cristal $
mas: iva trasladado $
ahora siendo asi la interpretacion de este inciso, para que separar dos importes que quedaran gravados para ISR/IETU en la misma tarifa?... que si el contribuyente dice "yo no cobro nada x mi trabajo de examen de ojos ni por bicelado, porque mi ganancia se incluye cuando vendo todo completo" ?
ahi les encargo su opinion por favor... saludos y gracias
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I.2.7.1.12. Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso c) del CFF, cuando no sea posible identificar la forma en que se realizará el pago al momento de la expedición del comprobante y, en consecuencia, no se tenga el dato de los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o tarjeta de crédito, de débito, de servicio o de los llamados monederos electrónicos que autorice el SAT, los contribuyentes podrán cumplir con dicho requisito señalando en los apartados del comprobante fiscal designados para tal efecto, la expresión “No identificado”.
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