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Rentas pagadas como prestamo
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14 años 6 meses antes #78741
por Contribuyente
Respuesta de Contribuyente sobre el tema Re: Rentas pagadas como prestamo
Buenas noches.
Creo que ahora se tiene un mayor número de datos para entender la duda. Quizá no completo pero algo mejor.
Si partimos de algún punto para decidir como contabilizar y declarar, yo lo haría de la siguiente manera:
Saludos a los foristas.
Creo que ahora se tiene un mayor número de datos para entender la duda. Quizá no completo pero algo mejor.
Si partimos de algún punto para decidir como contabilizar y declarar, yo lo haría de la siguiente manera:
- 1.- El Arrendador tiene la obligación (no es opción) de declarar sus ingresos, así que eso no es duda, sino afirmación.
2.- A lo que se dedica es a rentar inmuebles, así que deberá declarar en la actividad de arrendamientos, a menos que.... quiera dar de alta alguna otra obligación... lo cual no parece recomendable.
3.- El que no emita un comprobante no indica que no son rentas, pues el pago es por la utilización de un espacio en el inmueble que tiene ese destino. La falta de un contrato no elimina el tipo de ingreso. Es decir, si yo compro una caja de cigarros, el hecho de que no me entreguen una nota de venta o una factura, no indica que no sea un gasto para mi (no deducible) y un ingreso para la persona que me lo vende y para saber que tipo de ingreso obtuvo tendrá que entenderla como empresarial.... con o sin factura.
4.- Una opción es hacer el recibo de arrendamiento a favor de la empresa con la cual se tiene contrato y entregarlo. El arreglo entre las empresas para que se cobren o paguen sale del ámbito de la arrendadora y no tiene que interferir con la emisión del recibo.
5.- Si quieren hacer más complicado el asunto, pueden poner en el recibo que fue pagado por la otra empresa y no tiene más consecuencia que poder identificar el origen del pago. Como pareciera que a la EMPRESA 2 no tiene ningún empacho en que el recibo aparezca a su nombre o que ni siquiera se haga el recibo, todo se reduce a una duda personal de la arrendadora que no debiera tener efectos en lo contable ni en lo fiscal.
6.- Desde luego que al hacer el recibo (que es lo más recomendable según yo) deberá aplicarse la retención correspondiente y aplicarse como tal, para lo cual no se requiere de la aceptación o no de la renuente EMPRESA 1, pero lo que procederá es exigir que se entere dicha retención, aunque no se perjudica a la arrendadora si no lo hace, pues aceptó la retención que es su obligación fiscal, pero es su obligación el vigilar que su entero lo haga el retenedor.
7.- Aunque no se indica si la cesión "en comodato" se hizo con el consentimiento de la arrendadora, sería mas sano tener tal dato en su archivo o, de así quererlo, realizar el contrato correspondiente en forma directa entre la EMPRESA 2 y la arrendadora, con el que todos salen ganando.
8.- A mi modo de ver, no sería recomendable en modo alguno el manifestar otro tipo de ingreso, pues se perdería la deducción opcional de 35% sin comprobación. Considero mejor pagar los impuestos sobre el 65% de una cifra y no pagarlos sobre el 100% de la misma.
Saludos a los foristas.
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14 años 6 meses antes #78742
por Contribuyente
Respuesta de Contribuyente sobre el tema Re: Rentas pagadas como prestamo
Me desconcertó el nuevo look de la página y extraño la función de ver su apariencia antes de decidir enviarlo
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- fiscalista 1
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14 años 6 meses antes #78753
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: Rentas pagadas como prestamo
En ese caso no podrían aplicar la CESION DE DEUDAS?.
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- fiscalista 1
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14 años 6 meses antes #78757
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: Rentas pagadas como prestamo
Hola a todos, espero me ayuden con la siguiente duda:
Una persona fisica con actividad de arrendamiento, desde el 2010 le esta rentando un propiedad a LA EMPRESA 1 SA, se hizo contrato de arrendamiento y esta declarando sus impuestos al SAT, pero LA EMPRESA 1 SA le debe 10 meses de renta.
Ahora bien, alli en el mismo domicilio está LA EMPRESA 2 SA que los dueños son primos de LA EMPRESA 1 SA y LA EMPRESA 2 SA le dijo a la arrendadora que ellos le pagaban los 10 meses de la deuda de LA EMPRESA 1 SA, como el cheque que van a expedir va a ser de LA EMPRESA 2 SA, la arrendadora no le puede expedir recibo de arrendamiento porque ni siquiera hay un contrato celebrado.
La arrendadora y LA EMPRESA 2 SA está de acuerdo en firmar pagarés, porque va a ir pagando la deuda mes a mes, y esos cobros la arrendadora los tiene que depositar.
la duda es ¿como declarar esos depositos? ¿Es cobro de rentas aunque no expida recibo? ¿Es cobro de prestamo? ¿cuanto se paga de ISR?
1.- Empresa 1 debe 10 meses
2.- Empresa 2 dicen que ellos pagaban.
SUPUESTOS:1.- El arrendatario(acreedor) acepta o consiente expresamente o tacitamente la sustitución de deudor
2.-Y permite que el sustituto realice el pago
3.- El acreedor exonera al antiguo deudor.............................................
4.-.........................................................
Simplemente hay sustitución de deudor y el primero le debe al segundo(obvio), asi mismo el arrendatario debe emitir el comprobante a nombre del arrendador, pues ya le liquidó vía esta figura.
Arts.2051-2057 C.C.F., Art.1-B, último supuesto del primer párrafo L.I.V.A.,Art. 31 fracción IX última oración del primer párrafo L.I.S.R.., Art. 6 fracción III último oración de su primer párrafo , L.I.E.TU
Una persona fisica con actividad de arrendamiento, desde el 2010 le esta rentando un propiedad a LA EMPRESA 1 SA, se hizo contrato de arrendamiento y esta declarando sus impuestos al SAT, pero LA EMPRESA 1 SA le debe 10 meses de renta.
Ahora bien, alli en el mismo domicilio está LA EMPRESA 2 SA que los dueños son primos de LA EMPRESA 1 SA y LA EMPRESA 2 SA le dijo a la arrendadora que ellos le pagaban los 10 meses de la deuda de LA EMPRESA 1 SA, como el cheque que van a expedir va a ser de LA EMPRESA 2 SA, la arrendadora no le puede expedir recibo de arrendamiento porque ni siquiera hay un contrato celebrado.
La arrendadora y LA EMPRESA 2 SA está de acuerdo en firmar pagarés, porque va a ir pagando la deuda mes a mes, y esos cobros la arrendadora los tiene que depositar.
la duda es ¿como declarar esos depositos? ¿Es cobro de rentas aunque no expida recibo? ¿Es cobro de prestamo? ¿cuanto se paga de ISR?
1.- Empresa 1 debe 10 meses
2.- Empresa 2 dicen que ellos pagaban.
SUPUESTOS:1.- El arrendatario(acreedor) acepta o consiente expresamente o tacitamente la sustitución de deudor
2.-Y permite que el sustituto realice el pago
3.- El acreedor exonera al antiguo deudor.............................................
4.-.........................................................
Simplemente hay sustitución de deudor y el primero le debe al segundo(obvio), asi mismo el arrendatario debe emitir el comprobante a nombre del arrendador, pues ya le liquidó vía esta figura.
Arts.2051-2057 C.C.F., Art.1-B, último supuesto del primer párrafo L.I.V.A.,Art. 31 fracción IX última oración del primer párrafo L.I.S.R.., Art. 6 fracción III último oración de su primer párrafo , L.I.E.TU
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- majzter
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14 años 6 meses antes #78776
por majzter
Respuesta de majzter sobre el tema Re: Rentas pagadas como prestamo
Gracias a CONTRIBUYENTE que en lugar de enredar, estoy viendo esto cada vez mas claro, aunque la opcion de fiscalista 1 es buena pero se me hace algo complicada, ¿Quien hace la sustitucion del deudor?, ¿un abogado? ¿un notario?
Ahora bien, como dice CONTRIBUYENTE : "La falta de un contrato no elimina el tipo de ingreso", ¿Se Pueden expedir los recibos de renta a nombre de LA EMPRESA 2 aunque no se tenga un contrato firmado?, porque pienso que si LA EMPRESA 1 no tiene dinero para pagar la renta y se le hacen los recibos a su nombre aunque no los pague, menos va a querer pagar la retencion al SAT y ahí sale perdiendo la arrendadora porque no le van a entregar un posible saldo a favor que pudiera obtener en la declaracion anual.
Eso segun entiendo puede ser una buena solucion ¿que opinan?
Ahora bien, como dice CONTRIBUYENTE : "La falta de un contrato no elimina el tipo de ingreso", ¿Se Pueden expedir los recibos de renta a nombre de LA EMPRESA 2 aunque no se tenga un contrato firmado?, porque pienso que si LA EMPRESA 1 no tiene dinero para pagar la renta y se le hacen los recibos a su nombre aunque no los pague, menos va a querer pagar la retencion al SAT y ahí sale perdiendo la arrendadora porque no le van a entregar un posible saldo a favor que pudiera obtener en la declaracion anual.
Eso segun entiendo puede ser una buena solucion ¿que opinan?
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- fiscalista 1
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14 años 6 meses antes - 14 años 6 meses antes #78778
por fiscalista 1
Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: Rentas pagadas como prestamo
Hola majzter.
Ud puede, hágalo.
Ud es contador. dele un poco más de valía a su profesión y verá que asuntitos como el que tiene lo solucionará de manera sencilla, y eso le dará más valor a su profesión y eso vale $$$$ , ándele anímese hacer lo indicado, pues tiene todos los fundamentos.
Saludos a (todas).
Ud puede, hágalo.
Ud es contador. dele un poco más de valía a su profesión y verá que asuntitos como el que tiene lo solucionará de manera sencilla, y eso le dará más valor a su profesión y eso vale $$$$ , ándele anímese hacer lo indicado, pues tiene todos los fundamentos.
Saludos a (todas).
Última Edición: 14 años 6 meses antes por fiscalista 1.
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