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    Cuando registrar los recargos

    06 Jun 2007 15:25 #10127 por Rayafama
    buen dia a todos, quisiera que me ayudaran con lo siguiente, cuando es mejor registar los recargos y actualizacion pagados en el siguiente ejercicio por impuestos que quedaron a cargo y por supuesto no fueron pagados en tiempo.

    esto es:

    hubo diferencias en los pagos provisionales del ISR de los meses de marzo, abril y julio de 2006, por supuesto que estas diferencias generan actualizaciones y recargos, estas diferencias las registro por pagar a diciembre de 2006, aqui viene la pregunta los recargos y las actualizaciones las registro tambien en diciembre de 2006 o hasta el momento en que efectuo el pago osease en mayo 2007.

    saludos y gracias por sus respuestas

    No se que diera por tenerla ahora mismo, mirando por encima de mi hombro lo que escribo,
    Con ella descubrí que hay AMORES ETERNOS.

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    06 Jun 2007 15:34 #10128 por Klaus
    Respuesta de Klaus sobre el tema Re:Cuando registrar los recargos
    Saludos, cuando los pagas que es cuando conoces el monto real.

    Saludos

    www.e-fiscal.com.mx
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    06 Jun 2007 15:34 #10129 por juanantoniolg2000
    En mi opinión debes de registrar los recargos y la actualización conforme se van devengando, es decir a diciembre de 2006 reflejarlos como pasivos y hacer la cancelación a la fecha en que sean pagados (mayo 2007)

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    06 Jun 2007 15:45 #10131 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re:Cuando registrar los recargos
    rayafama, juan...una pregunta....

    si van a pagar por decir un pago provisional del 2006, mes de junio de dicho ejercicio, pero este lo pagan hoy...causa recargos?,y desde cuando causa los recargos? y cuando se pagan los recargos? acaso los pagas en julio del 2006 y le creas un pasivo?



    saludos

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    06 Jun 2007 15:52 #10133 por juanantoniolg2000
    Los recarogs se causan a partir de que teniendo la obligación de efectuar el pago no lo hiciste, esto te va generando recargos que se acumulan conforme transcurre el tiempo, mismos que se deben de reconocer como pasivo por que a la fecha no han sido pagados. Tanto el pago del impuesto como los recargos son deudas cuantificables, por lo que deben de reflejarse en los estados financieros

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    06 Jun 2007 16:39 #10139 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re:Cuando registrar los recargos
    juan..difiero de tu opinion...


    si son deudas cuantificables, y tu los consideras un pasivo, aun y no se haya pagado en su tiempo, entonces que caso da el registrar un pasivo, si tu erogacion es no deducible, acuerdate que el art 32 LISR te dice \" pagados \"....


    y como sabes tu cuanto es tu monto a pagar al dia de hoy?



    en mi opinion los recargos se registran cuando conoces el monto o la cantidad a pagar...


    saludos

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