Hola estimados foristas, soy nuevo en el foro y al ver este tema, me permito comentar lo siguiente:
El caso planteado es un evidente caso simulado, en el sentido de que era el mismo trabajador con una parte de ingresos por salarios (subordinados) y por la otra servicios civiles (honorarios asimilados) Desde luego que fiscalmente se podría permitir esta forma de tributación ya que para el caso es lo mismo en el sentido que el trabajador por cualquier forma en que obtenga sus ingresos, los tendrá que enterar en su declaración anual y en el mismo especificar cuanto fue la retención que se le efectuó por cada capítulo y determinar a sí si hay isr a cargo o a favor.
En el caso planteado, el calculo es forzoso y dado que en la realidad, el trabajador ya no está en la empresa, resulta que el CAS nunca se entregará en la realidad. Pero ya que se está simulando, de igual forma se puede regitrar como si en realidad se hubiera entregado ese CAS, lo dificil sería obtener la firma del trabajador ¡!
El problemas seria en una revisión del imss ya que el imss tomaría todo el ingreso del trabajador incluyendo sus ingresos de asimilados, como salarios, porque a decir verdad ¿En qué momento el trabajador deja de ser subordinado en la empresa para ser independiente? Por más que presenten un contrato civil, tal vez el IMSS lo rechace porque es evidente la simulación. Pero si en su declaración que presente el trabajador para desvirtuar los hechos resulatara que el unico retenedor ¡es el mismo patrón! Resulta evidentemente que se existió la dependencia y subordinación. Los honorarios asimilables no los aplica igual la ley del ISR que la ley del IMSS, por eso en el calculo de subsidio acreditable para los honorarios asimilables, estos no son del 100% ya que según el criterio interno del SAT sólo es en la misma proporción que para todos los trabajadores.
Los pagos por salarios si se pueden hacer en efectivo aunque rebasen los 2,000.00