QUE TAL RUFINO
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EN SU ASPECTO CONTABLE:
1. Pago Inicial: esta partida debe ser considerada como un activo intangible, pues existe una razonable certeza de que la misma será capaz de generar utilidades a la empresa en cantidad suficiente que permita ser absorbida a través de su amortización. Activo intangible: Boletin C-8, Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (ACTUALMENTE LAS NIF's)
2. El costo de los activos intangibles debe ser a través de la amortización, durante el término de vida útil estimada de la franquicia, por lo general se realiza mediante la aplicación del método de la línea recta
3. La valuación de la cantidad inicial debe ser de acuerdo con el principio de valor histórico, Boletin A-1, Principios de contabilidad generalmente aceptados. (ACTUALMENTE LAS NIF's)
4.- Pagos periódicos: se relacionan con el resultado de la explotación de la negociación, pago de regalías, o el de publicidad, son considerados como gastos, cuya erogación es realizada como resultado de la operación y que tienen como consecuencia la generación de ingresos
ASPECTO FISCAL
1. El pago inicial lo podemos encuadrar como un Gasto Diferido , ( Art. 38 LISR )
"Activos Intagibles representados por bienes o derechos que permitan reducir costos de operacion., o mejorar la calidad o aceptacion del producto, por un periodo limitado ....
2. Le sera aplicble el porcentaje del 15% ( Art. 39 ) para su deduccion
“15% Regalias, para asistencia técnica, asi como otros gastos diferidos....”
3. Requisitos para que las regalías y la asistencia técnica sean deducibles:
Pago Inicial: Art. 31, fracción XI, LISR.
"Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: IX. En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se compruebe ante las autoridades fiscales que quien....
Pagos que se realicen mensuales o según los vencimientos que establezca el contrato y que estén relacionados con los ingresos, se podrán deducir en el momento que se eroguen (se paguen), art. 39, párrafo segundo, LISR
RETENCIONES:
Art. 179, LISR: estan obligados al pago del ISR, conforme a este título, los Residentes en el Extranjero.....
Asi mismo, el artículo 200, de la LISR, establece: Tratándose de ingresos por regalías, por asistencia técnica o por publicidad, se considerará que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando los bienes o derechos por los cuales se pagan las regalías, .........
El impuesto se calculará aplicando al ingreso sin deducción alguna, las siguientes tasas:
Regalías... 25%
Asistencia técnica... 25
Marcas, nombre comercial, punlicidad 33%
Es necesario definir el concepto fiscal de regalías y asistencia técnica. Art. 15-B, CFF.
Regalías: Art. 15-B, párrafo primero, CFF. "Se consideran regalías, entre otros, los pagos de cualquier clase por el uso o goce temporal de patentes, certificados de invención o mejora, marcas de fábrica, nombres comerciales, derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluídas las películas cinematográficas y grabaciones para radio o televisión, así como de dibujos o módelos,
Asistencia técnica. Art. 15-B, párrafo cuarto, CFF. Los pagos por concepto de asistencia técnica no se considerarán como regalías. Se entenderá por asistencia técnica la prestación de servicios personales independientes por los que el prestador se obliga a proporcionar conocimientos no patentables, que no impliquen la transmisión de información confidencial relativa a experiencias industriales, comerciales o científicas...
Ahora le debes de aplicar las retenciones que en su caso corresponda y por los conceptos que pagues en el incial , ya que comunmente este incluye una parte por el uso de la marca, otro por asistencia tecnica de ahi que sepas muy bien cuanto sera el importe a retener , tanto para el pago inicial como para los pagos mensuales ( Regalias y/o publicidad )
Tambien es necesario revisar las tasas o % en el tratado(s) Con el pais(es) del que se trate sobre (regalias) ( beneficios empresariales )
Saludos
El jefe river