diagnostico escribió:Buen dia
Ahora lo siguiente:
art 95 bis Ley general de organizaciones y actividades auxiliares de credito, con respecto a establecer medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos que pudieran favorecer los delitos previstos en el art 139 CFF.
Que procede en este caso, llenar un escrito libre de politicas para prevenir el delito?
En este caso el 100% de las operaciones son con el publico en general, procede enviar el formato de operaciones relevantes, inusuales y preocupantes?
saludos
Saludos compañero Diagnostico y demas que han comentado en este post, harto bastante interesenta el tema, definitivo.
Respecto de tus dudas:
a) El documento que contenga los criterios y politicas de identificacion del cliente (Usuario) se debe integrar en un CD y se debe presentar en la ALAC que corresponda al contribuyente anexando escrito de entrega de conformidad con el art 18 del CFF.
Existe un documento "tipo" en el portal del SAT, el cual tiene las "medidas genericas", debes de acondicionar ese documento de acuerdo a las necesidades de identificacion del contribuyente-centro cambiario.
Para el control de las operaciones propias del centro cambiario existe un programa (muy bueno por cierto) llamado Imoney que es un autentico caballito de batalla para el registro de estas operaciones, te comento lo anterior ya que en el documento mencionado debes asentar como relizas el control de las diversas operaciones de divisas.
b) No importa que sean operaciones con el publico en general, el centro cambiario tiene la obligacion (de conformidad con las ultimas disposiciones de los centros cambiarios del dia 25/sep/2009 las cuales te recomiendo que leas) de identificar al usuario (cliente) de conformidad con los montos (minimo 500 Dlls.) que se adquieran por parte del centro cambiario, Ahora bien, el envio de las operaciones relevantes se deben de realizar por periodos trimestrales tengas o no ese tipo de operaciones utilizando el programa DEM centros cambiarios, cabe mencionar que la captura de la info en la DEM antes mencionada se utiliza por medio de carga batch ya que la captura manual no existe o esta deshabilitada.
Respecto de las operaciones internas preocupantes e inusuales estas se envian de igual forma por medio de la DEM "por evento", es decir, solo cuando sucedan, teniendo un plazo de 60 dias naturales posteriores a la presentacion de las operaciones antes mencionadas.
Asi mismo, debes entregar tambien (de momento, hasta que se actualice la nueva DEM para realizar el envio de manera electronica) en la ALAC correspondiente de manera trimestral via escrito libre, el monto de operaciones de compra venta tanto en las diversas divisas extranjeras como en MN y mencionar si realizaste o no operaciones con instituciones financieras de mexico o del exterior.
Existen otros tramites propios de los centros cambiarios:
a) Entrega dentro de los 14 dias posteriroes a la "incorporacion" como centro cambiario (sea aumento de olbigaciones o inscripcion en el RFC) del formato RC, esto con el fin de que al contribuyente le sea asignada su clave de entidad financiera (CEF)
b) Envio (previa asignacion de CEF) de las sucursales y matriz del centro cambario (existan o no las sucursales)
c) Envio (previa asignacion de CEF) de los oficiales de cumplimiento
Para los 2 incisos anteriores existen un par de herramientas creadas por el SAT para facilitar los envios anteriores, bueno creo que como aperitivo de lo que leeras de las disposiciones de centros cambiarios es mas que suficiente, espero y te sirva el comentario y si surgen dudas, seguimos en contacto.......
salu2 compañeros de este gran grupo!!!!!!