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    INVITACION SAT PAGO ISR DEPOSITOS EN EFECTIVO

    22 Oct 2012 12:18 #84903 por TIGREDEALICA
    Recientemente le llego a un familiar una invitacion del sat por los depositos en efectivo por un deposito en efectivo del mes de enero de 2010 el cual proviene de sus tierras de cultivo de caña segun comenta el que ademas traspaso 2 hectareas y es parte de el dinero que le dieron por esa operacion forzosamente tendra que pagar ese impuesto sobre 130,000 en efectivo que realizo el cual equivale como a 13,900 pesos ¿segun la carta ivitacion del sat? cabe hacer mención que ese ingreso es esporadico en el caso del traspaso de sus tierras y parte de ese ingreso es por la liquidacion que percibe el cañero cmo producto de su actividad que en mi opinion no debe pagar impuesto por estar exenta la actividad hasta por 20 smgze Pero me gustar saber su opinion contadores en mi opinion no procede la carta invitacion y se tiene que combatir con un escrito libre de conformidad con el articulo 18 del CFF.
    Reciban un cordial saludo
    .

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    22 Oct 2012 13:56 #84906 por bandido
    este caso no se ve complicado, primero, hay que diferencia entre "no debe de pagar" a "no debe de declarar"

    tu familiar, está exento de pago por los importes recibidos por el sector primario PERO no está exento de no informarlo

    Está en la oportunidad de hacer su contabilidad, declarar el ingreso PRODUCTO del sector primario y caso cerrado

    Pero antes de hacerlo, investiga bien como funciona el sector primario

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    22 Oct 2012 14:25 #84907 por LOBOZAC
    Se me viene a la memoria, eso de que LA RELACION TRIBUTARIA ENTRE ESTADO Y CONTRIBUYENTE, ES DE BUENA FE...........LAS AUTORIDADES FISCALES, -ADMINISTRATIVAS, LABORALES--ETC ETC ETC--CREEN DE BUENA FE EN LOS MOVIMIENTOS QUE EFECTUA EL JUSTICIABLE, NO SON ADIVINOS, NI PRETENDEN SERLO, ...EN EL CASO ESPECIFICO, EL SAT "VE" QUE EXISTEN DEPOSITOS EN EFECTIVO, "VE" QUE EXISTE UNA LEY QUE LOS REGULA, "VE" QUE EL CONTRIBUYENTE NO DECLARO EL IMPUESTO Y PUES, --COMO NO ADIVINA-- SIMPLEMENTE DICE "OYE" HAY DEBES UNA LANA DEL IDE", COMO VES? ......PAGAMELA

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    22 Oct 2012 14:57 #84909 por bower
    El IDE se causa por todos los depósitos en efectivo que excedan en un mes la cantidad de $ 25,000, sin importar cual sea el motivo u origen del dinero que se está depositando y el impuesto corre a cargo del titular de la cuenta a donde se está efectuando el depósito, si es un depósito en efectivo y excede el monto exento de los $ 25,000 en el mes, entonces causa el IDE, insisto, sin importar el motivo u origen del mismo.

    Art. 2, de la Ley de los Depositos en Efectivo
    Los exentos son los siguientes:

    1.- La Federación, Estados y Municipios. ( Art. 2, fracc. I, LIDE)
    2.- Las personas no lucrativas para ISR. (Art. 2, fracc. II, LIDE)
    3.- Las instituciones del sistema financiero. (Art. 2, fracc. IV, LIDE)
    4.- Personas con créditos con integrantes del sistema financiero, hasta por el monto del adeudo. ( Art. 2, fracc. IV, LIDE)
    Entonces, si el depósito se realiza a las cuentas de alguna de estas personas, no habrá IDE ya que están exentas del impuesto.

    Si tienes IDE a favor, podrás acreditarlo contra el Pago del ISR, o solicitar su devolución en caso de tener el saldo a Favor, es importante analizar antes de contestar mediante escrito de conformidad con el art. 18 CFF. al SAT.

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    22 Oct 2012 15:01 - 22 Oct 2012 15:02 #84910 por LOBOZAC
    "El IDE se causa por todos los depósitos en efectivo que excedan en un mes la cantidad de $ 25,000, sin importar cual sea el motivo u origen del dinero que se está depositando y el impuesto corre a cargo del titular de la cuenta a donde se está efectuando el depósito, si es un depósito en efectivo y excede el monto exento de los $ 25,000 en el mes, entonces causa el IDE, insisto, sin importar el motivo u origen del mismo.

    No, eso que afirmas NO ES VERDAD...

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    22 Oct 2012 15:54 #84911 por CPHugoocejo
    Bower

    Usted tiene la ley del IDE anterior, es el mismo numeral en su F-III, pero el monto son 15,000...........

    Del tema si coincido con Bandido, debe de hacer dicha contabilidad, pero sobre todo ver a un especialista

    saludos

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