Que tal compañeros foreros, una vez que me he recuperado de la crisis nerviosa y de los desmayos que las mondrigas declaraciones anuales me habían dejado y provocado,
pos aquí nuevamente me "apersono" ante ustedes pa´ opinar en este tópico iniciado por nuestro colega, el máster lobozac. Si se trata de una declaración "en ceros", no deberías de tener broncas; yo no las he tenido con las que he presentado "en ceros", aunque no son de clientes del sector agropecuario.
Por otro lado, en mi opinión, no es recomendable que utilices el esquema tradicional de pagos por no ser el autorizado por el SAT (art. 20 antepúltimo párrafo CFF), so pena de que no te importe pagar, en un momento dado, la multa por no presentar las declaraciones en el medio electrónico adecuado (art. 81 fr. I mismo CFF).
Para mí lo mejor es que te curaras en salud, y si el programa quiere que pagues, pues paga, aunque sea un peso, de todas maneras la obligación de presentar la declaración subsiste, y pagar un peso no genera mas que el acto de molestia de entrar al portal bancario y pagar, y tener un pago provisional o definitivo de cuantía equivalente al pesote pagado.
Total, si a los del SAT les urge una lanita, pues ya estarás aportando tu "pesito de arena". jajajajajaja