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    sobre la nomina. base para subsidio

    27 Jun 2013 12:26 #89085 por Alejandra88
    la nomina esta de la siguiente manera:

    sueldo
    premio puntualidad
    premio asistencia
    premio despensa
    premio alimentación
    premio habitación

    todo esto otorgado en DINERO. Los premios de asistencia y puntualidad no rebasan el 10% la despensa no rebasa el 40%.
    La suma de el sueldo mas las percepciones es mi base para el subsidio? y la despensa, habitación y alimentación los puedo acreditar junto con el sueldo, asistencia y puntualidad PARA EFECTOS DE IETU.
    ya que la despensa, alimentación y habitación no los puedo deducir por no ser previsión social.

    espero me explique, estare en espera de sus respuestas. GRACIAS

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    27 Jun 2013 14:47 - 27 Jun 2013 14:51 #89089 por puma1
    Respuesta de puma1 sobre el tema sobre la nomina. base para subsidio
    Que tal Alejandra88, como eres de reciente ingreso a esta tu página de contadores y asesores fiscales, permíteme darte la más cordial bienvenida.

    Creo captar el sentido de tus dudas, pero también creo que será necesario nos precises varias cosas para apoyarte mejor:

    1°. ¿Tienes dudas de cuales conceptos de los que mencionas deben integrar el crédito fiscal por sueldos y salarios gravados para efectos del IETU?

    2°. ¿La empresa que mencionas otorga “premios” por despensa, por alimentación y por habitación? Es decir, ¡¿realiza un sorteo tipo premio mayor de la lotería para ver quien se saca una despensa o quien se gana una reservación hotelera o casa-habitación?! Jajajajaja. Perdón, pero me parecen graciosos esos “premios” otorgados en calidad de remuneraciones. Bueno, pus si sí los otorga, tú misma apuntas que no son considerados previsión social.

    3°. Cuando de percepciones a los trabajadores se trata, se está ante un asunto de muchas aristas y de muchas correlaciones entre distintas disposiciones jurídicas: Constitución Política mexicana, Ley Federal del Trabajo, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, Ley del Seguro Social, etc. etc.

    Te comento lo anterior porque, por lo que planteas, creo captar tienes varias cosas en mente que se pueden prestar a confusión, ya que los porcentajes que mencionas están citados en la LSS, sin que para el cuestionamiento que te ocupa importen mucho, ya que tu duda principal radica en los conceptos que debes considerar para efectos del crédito fiscal para IETU.

    Bueno, ya hice parte de tu tarea; ahora chécate lo que dice el artículo 10 en su sexto párrafo de la LIETU.

    También revisa lo siguiente de la LISR, y seguimos comentando, ¿va?

    Artículo 8. …………………………………………………………………………………………………………………………………..

    (5° párrafo) "Para los efectos de esta ley, se considera previsión social las erogaciones efectuadas que tengan por objeto satisfacer contingencias o necesidades presentes o futuras, así como el otorgar beneficios a favor de los trabajadores o de los socios o miembros de las sociedades cooperativas, tendientes a su superación física, social, económica o cultural, que les permitan el mejoramiento en su calidad de vida y en la de su familia. En ningún caso se considerará previsión social a las erogaciones efectuadas a favor de personas que no tengan el carácter de trabajadores o de socios o miembros de sociedades cooperativas."

    Artículo 109. "No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

    I a V.………………………………………………………………………………………………………………………………………….

    "VI. Los percibidos con motivo de subsidios por incapacidad, becas educacionales para los trabajadores o sus hijos, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas, y otras prestaciones de previsión social, de naturaleza análoga, que se concedan de manera general, de acuerdo con las leyes o por contratos de trabajo.

    La previsión social a que se refiere esta fracción es la establecida en el artículo 8o., quinto párrafo de esta Ley
    ."

    Familia y Conocimiento.

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    27 Jun 2013 17:12 #89092 por Alejandra88
    gracias por responder puma1.
    ya estuve investigando mas y la base para el subsidio es la suma del sueldo mas las todas percepciones otorgadas en nomina
    ya que se dan en dinero y esto hace que formen parte del sueldo.
    ARTICULO OCTAVO TRANSITORIO LISR
    ART. 110 LISR Primer parrafo


    y para el acreditamiento (IETU) se toma el sueldo mas todas las percepciones, osea puedo acreditar toda la nomina
    unico fundamento ART. 10 penultimo parrafo LIETU.
    no he encontrado ningún otro fundamento, pero si hay alguno en contra o a favor, en el que se explique mejor agradecería sus comentarios. e igual si estoy equivocada.

    Gracias.

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    27 Jun 2013 18:17 #89094 por mikecoz81
    Respuesta de mikecoz81 sobre el tema sobre la nomina. base para subsidio

    Alejandra88 escribió: gracias por responder puma1.
    ya estuve investigando mas y la base para el subsidio es la suma del sueldo mas las todas percepciones otorgadas en nomina
    ya que se dan en dinero y esto hace que formen parte del sueldo.
    ARTICULO OCTAVO TRANSITORIO LISR
    Gracias.


    Buenas tardes!....................

    ...............El subsidio al empleo se calculará aplicando a los ingresos que sirvan de base para calcular el ISR que correspondan al mes de calendario de que se trate....................

    ¿A que te suena la parte marcada en negritas?

    Alejandra88 escribió: gracias por responder puma1.

    y para el acreditamiento (IETU) se toma el sueldo mas todas las percepciones, osea puedo acreditar toda la nomina
    unico fundamento ART. 10 penultimo parrafo LIETU.
    no he encontrado ningún otro fundamento, pero si hay alguno en contra o a favor, en el que se explique mejor agradecería sus comentarios. e igual si estoy equivocada.

    Gracias.


    ................................... Los contribuyentes acreditarán la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en el periodo al que corresponda el pago provisional y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el ISR de cada persona..........................

    La misma pregunta para lo señalado en negritas.


    Ahora bien, también dale una leida al art. 11 de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores.


    Saludos.

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    28 Jun 2013 13:39 #89108 por Alejandra88
    gracias Mikecoz81

    ok entonces los conceptos que tomaria para base p/sibsidio y los que tome para acreditar
    serian los mismos en este caso verdad.

    ya le di una leida a la ley de la ayuda alimentaria. pero en este caso no aplica ya que no se otorgan vales.
    solamente se da en dinero que forma como parte de su salario.

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    28 Jun 2013 13:58 #89109 por G-Ornelas
    Respuesta de G-Ornelas sobre el tema sobre la nomina. base para subsidio
    bueno mas facil:

    todo lo que GRAVAS POR salarios EN ISR, IGUAL manera GRAVA PARA IETU...

    SALUDOS

    El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...

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