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    REFORMA HACENDARIA

    17 Sep 2013 13:36 #90055 por CPAmarval
    Respuesta de CPAmarval sobre el tema REFORMA HACENDARIA
    Reforma hacendaria, o Reforma " Laboral" (para contadores)?


    (con eso de que los maestros protestan por la reforma educativa, a la que tildan en realidad como "laboral", por afectar sus derechos laborales)

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    17 Sep 2013 15:42 #90059 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema REFORMA HACENDARIA
    Pues como se ha comentado, es una iniciativa que cerraría muchos círculos y algunos vicios...


    saludos

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    20 Sep 2013 15:40 #90118 por CPAmarval
    Respuesta de CPAmarval sobre el tema REFORMA HACENDARIA
    CFF:
    Artículo 95-B. Los profesionistas contables o jurídicos o sus auxiliares y los agentes aduanales o sus auxiliares, serán penalmente responsables de los delitos previstos en este Código, cuando derivado de un contrato, convenio o cualquier otro acto que implique asesoría o desarrollo de la actividad profesional, sugieran, asesoren, propongan, establezcan o lleven a cabo por sí o por interpósita persona, mecanismos vinculados con esquemas ilícitos o incumplimiento a obligaciones fiscales que deriven en un delito fiscal.

    La asesoría profesional fiscal. Ahora tiene un riesgo de ser considerado como asesor penal, con una sanción de 3 a 9 años de prisión, pero el que deja de pagar las contribuciones es la empresa, o el contribuyente, ¿porque tendría que ser responsable el contador del delito de otro?, fácil por aconsejar, asesorar, sugerir las planeaciones fiscales que realice el contribuyente.

    Y esta va a ser la gran diferencia, el llevar la contabilidad en forma exclusiva o el ser asesor fiscal para planear la estrategia fiscal y “construir” sociedades fantasmas, o comprar facturas falsas para justificar gastos, como tantos despachos contables lo han realizado, hasta el grado de convertirse en una verdadera industria, conductas que tienen un alto grado de riesgo penal en estos momentos.

    La contabilidad, esta no va a desaparecer, las empresas tienen que seguir llevando su contabilidad, pero ahora la tienen que hacer correctamente, y tienen que contratar a contadores sean honestos y más conocedores, más preparados y capacitados, además de que conózcanlos riesgos que significa llevar una contabilidad fraudulenta para sus clientes y para ellos mismos.

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    20 Sep 2013 16:36 #90122 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema REFORMA HACENDARIA
    Por supuesto, sin lugar a dudas desde la " ley antilavado " y su unidad especializada lleva tintes de índole penal, por ello es conveniente observar dicha ley en conjunto con abogados con el fin de tener un panorama mas amplio y preventivo.

    Sobre todo ver el alcance de lo anterior.......

    saludos

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    25 Sep 2013 09:27 #90160 por a_cano
    Respuesta de a_cano sobre el tema REFORMA HACENDARIA
    Buen día:

    En materia de intereses prácticamente se seguirán aplicando las disposiciones vigentes en 2009, en virtud de que la entrada en vigor de las modificaciones a los artículos 50; 58; 58-A; 58-B; 59; 100; 103; 103-A; 104; 105; 151; 154, cuarto párrafo; 158; 159; 160; 161; 168; 169; 171; 175, actual segundo párrafo; 195, 195-A y 218 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicadas en el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto sobre la Renta… publicado en el DOF del 07 de diciembre de 2009, se estuvo postergado durante tres ejercicios, mismas que entrarían en vigor a partir del 1º de enero de 2014, no fueron incluidas en la nueva Ley del ISR, únicamente se están haciendo reformas y adiciones de algunos artículos.

    Nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta

    Artículo 51. Las instituciones que componen el sistema financiero que efectúen pagos por intereses, deberán retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que al efecto establezca el Congreso de la Unión para el ejercicio de que se trate en la Ley de Ingresos de la Federación sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses, como pago provisional. La retención se enterará ante las oficinas autorizadas, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquél al que corresponda, y se deberá expedir comprobante fiscal en el que conste el monto del pago de los intereses, así como el impuesto retenido.

    [...]

    Ley de Ingresos de la Federación para 2014

    Artículo 21. Durante el ejercicio fiscal de 2014 la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 51 y 130 de la Ley del Impuesto sobre la Renta será del 0.60 por ciento.

    Saludos

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    25 Sep 2013 10:25 #90161 por Gealram
    Respuesta de Gealram sobre el tema REFORMA HACENDARIA
    Para los interesados, creo que todos, jejeje

    Curso virtual de reformas fiscales 2014 para el próximo viernes 27 de septiembre.

    Les dejo el Link

    Virtual: Reformas fiscales 2014

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    Saludos

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