Hola a_cano
Realmente te agradezco tu tiempo y tus conocimientos para contestar mi duda y no quiero aparentar ser un terco sin razon, a lo mejor tu ves algo que yo no alcanzo a ver y por eso persiste mi duda.
En platicas de colegas se menciona mucho que lo que en la ley no esta prohibido entonces esta permitido y que hay que interpretar la ley, etc. etc. Yo lo que veo, leo e interpreto en el art. 42 es la palabra inversion, por lo que para estar totalmente seguro que es inversion investigue en internet y encontré lo siguiente:
EN WIKIPEDIA:
Desde una consideración amplia, la inversión es toda materialización de medios financieros en bienes que van a ser utilizados en un proceso productivo de una empresa o unidad económica, y comprendería la
adquisición tanto de bienes de equipo, como de materias primas, servicios etc. Desde un punto de vista más estricto, la inversión comprendería sólo los desembolsos de recursos financieros destinados a la
adquisición de instrumentos de producción, que la empresa va a utilizar durante varios periodos económicos.
es.wikipedia.org/wiki/Inversi%C3%B3n
Adquisicion = Acto o hecho en virtud del cual una persona obtiene el dominio o propiedades de un bien
es.wikipedia.org/wiki/Adquirir
EN ECONLINK.COM:
Concepto de inversión en la empresa
En el ámbito de las empresas, la inversión se suele referir a la aplicación de recursos financieros líquidos para obtener activos que se espera contribuyan al logro de los objetivos de la empresa en el futuro.
Ejemplos de estos activos son:
- bienes inmuebles como oficinas, edificios, etc.
- vehículos como automotores y camiones
- elementos de trabajo, como maquinarias o computadoras.
Es decir que se trata de la
compra de activos fijos que tienen una aplicación directa al proceso productivo. Un punto de vista mas amplio, sin embargo, incluye dentro del concepto inversión en la empresa a desembolsos para adquirir materias primas, activos financieros o servicios (como asesoramiento externo).
www.econlink.com.ar/concepto-de-inversion
Como creo que se interpreta el art. 42 fracc.II es que habla de inversiones que no es otra cosa que adquisicion de vehiculos o compra de vehiculos, y en contrario, al efectuar el contrato de arrendamiento puro estoy pagando rentas por un bien que no se està financiando para adquirirlo, sino que especifica que al termino del contrato el bien en cuestion se tendra que devolver, porque nunca lo tomare como una inversion es por eso creo yo, que aunque el articulo 32 me remita al art. 42 fracc.II si la accion que estoy ejerciendo no es aplicable a lo que dice el articulo entonces no tengo porque acatar el tope de los 175,000.
¿Que opinas?
Saludos