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    RIF

    06 Dic 2013 15:12 #91279 por Gabriela18
    RIF Publicado por Gabriela18
    Buenas tardes apreciable grupo, aun no se tiene mucha informacion respecto del REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL, pero quisiera saber si una persona que actualmente tributa en regimen general de personas fisicas, puede cambiarse al RIF, dicha persona no rebasa los 2 millones de ingresos al año.

    Gracias.

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    06 Dic 2013 15:42 #91281 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema De momento, si.
    Dices bien, canija autoridad no se decide a publicar lo ya aprobado, ello motiva inquietudes... Pero con lo que se ha filtrado como aprobado, SI resulta posible lo que planteas. Que alguien que actualmente tributa en la Sección I del Capitulo IV del Título IV pueda ingresar al flamante Régimen de Incorporación Fiscal.

    Mi mejor sugerencia es que le des lectura a varios mensajes que se han publicado con referencia a este tema aquí mismo en el foro.

    Saludos.



    sos al sos .
    El siguiente usuario dijo gracias: Gabriela18

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    06 Dic 2013 16:25 #91282 por Gabriela18
    Respuesta de Gabriela18 sobre el tema De momento, si.
    Muchas gracias Sosgtorreon!!!!

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    07 Dic 2013 13:03 #91283 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema RIF
    Gabriela18

    Seguramente en la RM 2014 próxima a publicarse conforme al 33 del CFF 2013 veremos los " parches " respecto a su procedimiento o de un plumazo...


    saludos

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    08 Dic 2013 12:18 #91287 por CARIMA
    Respuesta de CARIMA sobre el tema RIF
    BUENOS DIAS A TODOS

    ESTAMOS ACOSTUMBRADOS A ESPERAR REGLAS MISCELANEAS QUE EN OCASIONES VAN MAS ALLA QUE LA PROPIA LEY Y TENEMOS QUE APRENDER A UTILIZAR LA LEY TAL Y COMO SALIO, YA QUE HAY UN PRINCIPIO QUE ESTABLECE QUE LO NO NOS PROHIBE TODA LEY TENEMOS DERECHO A REALIZARLO Y EN CAMBIO LA AUTORIDAD SOLAMENTE LO QUE LA MISMA LEY ESTABLECE.

    POR LO ANTERIOR CONSIDERO QUE TODA PERSONA QUE NO SUPERE LOS 2'000,000.00 O ESTIME NO SUPERARLOS PODRA ESTAR EN EL R.I.F. INCLUSIVE AQUELLOS QUE EN ESTE EJERCICIO ESTEN EN LA SECCIÓN I (REGIMEN GENERAL) YA QUE EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 112 DE LA NUEVA LEY DE I.S.R. QUE A LA LETRA ESTABLECE "CUANDO LOS CONTRIBUYENTES DEJEN DE TRIBUTAR CONFORME A ESTA SECCION (II), EN NINGUN CASO PODRAN VOLVER A TRIBUTAR EN LOS TERMINOS DE LA MISMA"

    CASO CONCRETO:
    NUNCA AS ESTADO EN ESTE REGIMEN YA QUE SU INICIO ES PARA ENERO DEL 2014
    SI EN 2014 ESTUVIERAS EN ESTA SECCION SE DAN DOS SUPUESTOS, UNO QUE SUPERES LOS 2'000,000.00 Y OTRO ES QUE AUN Y CUANDO NO LOS SUPERES TU DECIDAS DEJARLO. DE OTRA FORMA SI CUMPLES CON LOS REQUISITOS NO LO PIENSES VE ORGANIZANDOTE PARA 2014 YA QUE TIENE MUCHOS BENEFICIOS, SOLO RECUERDEN QUE TIENE MUCHA SIMILITUD DEL REGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES DE 1998

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    08 Dic 2013 12:25 #91288 por CARIMA
    Respuesta de CARIMA sobre el tema RIF
    MORALEJA

    LA AUTORIDAD SIEMPRE SE HA APROVECHADO DE LOS GOBERNADOS POR DESUNIDOS QUE SOMOS EN ESTE SENTIDO Y PEOR AUN NO LA PASAMOS CRITICANDOLA, MEJOR HAY QUE UNIRNOS Y SACAR PORVECHO DE SUS ERRORES LEGISLATIVOS
    PARA DE ESTA FORMA DECIRLE YA BASTA PORUE CON LA REFORMA AL CFF TODOS SOMOS DELINCUENTES Y ELLOS QUE PORQUE HACEN LEYES Y NOS GOBIERNAN ESTAN PROTEGIDOS

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