Radio Aportaciones:  
--:--  | : 0hs-4hs -
Toggle Bar

    RECIBOS DE NÓMINA

    02 Ene 2014 09:52 - 02 Ene 2014 09:54 #91718 por a_cano
    RECIBOS DE NÓMINA Publicado por a_cano
    Buen día:

    Los invito analizar con cuidado los requisitos de los recibos de nómina, que está solicitando el SAT en el Catálogo del Complemento de Nómina, por ejemplo:

    5. Atributo: Tipo Deducción

    006 Descuento por incapacidad

    020 Ausencia (Ausentismo)

    6. Tipo de incapacidad

    Clave………………….Descripción
    …1……………….Riesgo de Trabajo
    …2……………….Enfermedad en general
    …3……………….Maternidad


    Considero que la omisión de pago de salario por faltas de asistencia injustificadas, riesgo de trabajo, enfermedad general y maternidad, NO constituyen un descuento al salario, en virtud de que únicamente se paga los días laborados, y su parte proporcional al séptimo día.

    Por otra parte, en la guía para elaborar un recibo de nómina como CFDI, entre otros aspectos a considerar en los Datos del Recibo, en el inciso c) señala: Descuento: será el Total de las deducciones (suma total gravado y total exento, sin considerar el ISR retenido).

    Tengo la impresión de que hay algo que no cuadra o estoy equivocado…

    Los requisitos de los recibos de nómina, los pueden consultar ingresando al siguiente enlace:
    www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia...p_fisc/66_26019.html

    Quedo en espera de sus valiosos comentarios…

    Gracias

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    02 Ene 2014 12:10 #91722 por a_cano
    Respuesta de a_cano sobre el tema RECIBOS DE NÓMINA
    Buen día:

    Otra cuestión...

    En el caso de los pagos por concepto de honorarios asimilados a salarios, la guía para elaborar un recibo de nómina como CFDI, entre los aspectos a considerar, no hay alguno que considere este tipo de erogaciones.

    Quedo atento...

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    03 Ene 2014 09:50 #91735 por MARIOAL
    Respuesta de MARIOAL sobre el tema RECIBOS DE NÓMINA
    Alguien puede recomendarme un programa de nómina que use el timbrado de recibos, estoy tratando de descargar el programa que ofrece esta página para ver el demo, pero no he tenido suerte, gracias, saludos.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    03 Ene 2014 10:09 #91737 por vitofdz
    Respuesta de vitofdz sobre el tema RECIBOS DE NÓMINA
    me uno a la peticion sobre un programa de nominas que use timbrado..... alguien que me pueda indicar uno que ya este usando o alguno que no sea muy alto en su precio ??? saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    03 Ene 2014 12:02 #91743 por E$P@RT@CO
    Respuesta de E$P@RT@CO sobre el tema RECIBOS DE NÓMINA
    LES COMPARTO ESTE ACERTADO ANALISIS.

    www.inteligenciacm.com/facturacion-y-nomina-cfdi/

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    03 Ene 2014 20:28 #91764 por Wendy_scarlet
    Respuesta de Wendy_scarlet sobre el tema RECIBOS DE NÓMINA
    Buenas noches a todo el foro:

    Para no iniciar otro tema, les comento mi duda, respecto a los recibos de nomina con cfdi se supone entran en vigor a partir del 1 de enero de 2014 sin embargo el SAT publicó el 28 de diciembre las siguientes facilidades donde menciona:

    "A partir del 1 de enero de 2014, deberás emitir recibos de pago de nómina en CFDI, no obstante el SAT publicó las siguientes facilidades:

    1.Si eres personas física y en el último ejercicio declarado tus ingresos fueron iguales o menores a 500 mil pesos y emitiste comprobantes impresos o CFD, puedes seguir emitiendo estos comprobantes de enero a marzo de 2014. Si optas por esta facilidad tampoco estarás obligado a emitir los recibos de nómina como CFDI durante enero a marzo. Esta facilidad también aplica para los contribuyentes que tributen en el nuevo régimen de incorporación fiscal.


    2.Todas las personas morales y las personas físicas cuyos ingresos sean mayores a 500 mil pesos, de enero a marzo de 2014, podrán diferir la emisión de los recibos de pago de nómina como CFDI, siempre que al 1 de abril hayan emitido todos los CFDI diferidos por concepto de nómina."

    [/i][/b]

    La verdad no me queda claro a que se refiere con que se podrá diferir la emisión, eso quiere decir que se puede hacer el cambio poco a poco siempre y cuando a partir del 1 de abril ya se haya hecho el cambio para todos los trabajadores? Agradecería me ayudaran a entender este parrafo para saber que decisiones tomamos en la empresa donde trabajo.

    De antemano gracias y que tengan muy buen fin de semana.

    Wendy

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.293 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 265 invitados y ningún miembro en línea