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    Alguien ya paso a Regimen de Incorporacion

    03 Ene 2014 17:38 #91760 por Mialcala
    I.2.5.8 No obstante lo anterior, los contribuyentes citados, cuyos ingresos durante el ejercicio de 2013, no hayan excedido la cantidad de dos millones de pesos, que además no se actualicen en los supuestos de las fracciones I a VI del artículo 111 de la Ley del ISR, podrán optar a más tardar el 31 de enero de 2014, por tributar en la Sección II del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, siempre que presenten el aviso de actualización de actividades a través de la página de Internet del SAT, en la aplicación “Mi portal”.


    Gracias por la informacion, mientras tanto las personas que si cumplen con los requisitos para estar en el RIF no podran facturar, porque a los sres. de Hacienda se les ocurrio dar 30 dias para actualizar informacion, la gente tiene que trabajar y expedir facturas en ese inter.

    Entonces de momento no hay mas remedio que esperar a que se pueda actualizar la informacion y el sistema de facturacion digital actualice tambien sus sistema para que se pueda pner en las facturas el NUEVO REGIMEN FISCAL.

    Saludos

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    03 Ene 2014 17:42 #91762 por C.P.Juan
    Hola, ni los EX-REPECOS ni los Intermedios deben presentar aviso para cambiar de regimen, las reglas esto de conformidad con las reglas I.2.5.7 y I.2.5.8, hay que revisarlas.

    Saludos.

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    03 Ene 2014 18:08 #91763 por CPHugoocejo
    Colega Juan, difiero de su comentario........................

    De lectura al primer párrafo de la regla I.2.5.8 que usted cita................y me dice por favor si los intermedios son enviados por el SAT a tributar en RIF?


    Gracias

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    04 Ene 2014 16:06 #91779 por vitofdz
    Regla mencionada por el CPHugoocejo:

    I.2.5.8. Para los efectos de los artículos 27 del CFF, 25, fracción VII y 26, fracción V, incisos c) y d), del Reglamento del CFF, los contribuyentes que de acuerdo a la Ley del ISR vigente al 31 de diciembre de 2013, además del Régimen de Pequeños Contribuyentes tuvieran otro régimen fiscal vigente, están relevados de cumplir con la obligación de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales a que se refiere el artículo 100 de la Ley del ISR, siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en la información existente en el padrón de contribuyentes al 31 de diciembre de 2013.

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    04 Ene 2014 16:35 #91780 por CPHugoocejo
    Colegas Juan y vitofdz...


    ¿los intermedios son enviados por el SAT a tributar en RIF?

    Gracias

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    05 Ene 2014 15:26 #91793 por LOBOZAC
    " ... Hola Amigos de Aportaciones Fiscales, respecto a su planteamiento, en el portal del SAT indican que los contribuyentes de Régimen de Pequeños pasarán automáticamente al Régimen de Incorporación Fiscal, en tanto los contribuyentes de Régimen Intermedio tendrán que presentar su aviso de aumento/disminución de obligaciones en el portal del SAT para comunicarlo a la autoridad ya que de no hacerlo, por omisión, tendrán que pasar al régimen general de las Actividades Empresariales y Profesionales. En estos momentos no se pueden hacer movimientos de actualización al R. F. C. por el periodo vacacional. Según mensajes del portal, estos servicios se restablecerán hasta el día 7 de enero de 2014. No olviden presentar también su aviso en la Entidad Federativa que les corresponda .

    Gracias.

    Saludos y feliz año 2014. ... "

    Reza el principio jurídico, " LO QUE ABUNDA, NO PERJUDICA", es decir, en estricto al abrogarse el régimen intermedio, QUEDAN SIN EFECTO LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA ENTRE FEDERACIÓN Y ESTADOS. entonces, no debiéramos hacer NINGÚN AVISO, .. PEEEEERO COMO SABEMOS QUE SE LAS GASTAN NUESTRAS "AUTORIDADES", ... PUES NO ESTA DE MAS, ACERCARNOS AL "ESTADO" Y VER SI HAY QUE HACER ALGO AL RESPECTO, tal y como sugiere la compañera
    El siguiente usuario dijo gracias: declaracion

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