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Hola buenas tardes Contadores Mirita, Lobozac y Sosgtorreon,
Agradezco de antemano sus comentarios, los he leido detenidamente para captar bien los conocimientos que ustedes comparten, asi como la ley del ISR y el decreto del 26 de diciembre, y concluyo que el regimen que mas conviene por el momento es el RIF, las operaciones serán exclusivamente con publico en general y que para aplicar el estimulo fiscal no se debe cobrar el IVA en los artículos que se enajenen, y que si en dado momento algún cliente me pide una factura y se la doy automáticamente perdería el derecho al estimulo. esas son mis conclusiones, no se si ustedes quieran agregar algún comentario mas?
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