Buen día
ernye escribio lo siguiente:
1.- ¿el plazo para presentar "mis cuentas" es el 17 del mes siguiente al bimestre?
R. Nop, no hay plazo, bueno, hasta el día de hoy no ha publicado nada el SAT, ademas no se cuenta con la aplicación en la página del SAT
Voy a transcribir parte del material que me envio un colega, es en cuanto al RIF pero creo que encuadra dentro del tema planteado:
"Registro de ingresos.
- Cuando emita una factura electrónica (CFDI) a sus clientes, no será necesario registrar dichos ingresos.
- En ventas que no emita factura deberá registrarlas dentro del bimestre de que se trate y el sistema las considerará para su declaración, sin necesidad de generar una factura global."
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2.-¿si reporto los ingresos por "mis cuentas" y hago una factura global bimestral estaría duplicando Ingresos.?
R. Va de nuevo:
"En ventas que no emita factura deberá registrarlas dentro del bimestre de que se trate y el sistema las considerará para su declaración, sin necesidad de generar una factura global ."
Todavia hay muchas dudas y esos del SAT no publican nada todavia, esta es una charla en el chat 1a 1:
Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT.
12:44 Orientación Fiscal, le atiende Guillermo Martínez, ¿en qué puedo ayudarle?
12:43 buen dia
12:44 en que fecha se deben de registrar los ingresos en "Mis cuentas"
12:45 el ultimo dia del bimestre?
12:46 Eso es correcto. 12:46 La obligación para usted es la de registrar sus ingresos y gastos del bimestre en la sección de Mis Cuentas, sección de Mi Contabilidad, opción de ingresos y gastos, esto en la página del SAT (
www.sat.gob.mx
, en la parte central de la pantalla de inicio), esto lo debe de hacer dentro del bimestre. 12:47 Por lo que a más tardar el día 28 de febrero debío de haber capturado lo correspondiente al primer bimestre. 12:47 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
12:48 ok,
y si no los registre dentro del bimestre? como le hago para registrarlos al bimestre que corresponde?...por ejemplo el bimestre de enero-febrero de 2014
12:49 Sí no lo realizó de esa manera, es necesario que espere, a la presentación de la declaración de dicho bimestre, para que en su caso el SAT le confirme sí será posible efectuar las correcciones necesarias. 12:49 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
12:50 ok, entonces debo de esperar a presentar dicha declaracion
12:51 Es correcto, por el momento. 12:51 La declaración del primer bimestre que comprende el mes de enero y febrero se presentara dentro del mes de mayo del 2014. Por el momento no se cuenta con la aplicación en la página del SAT, por lo que le agradecemos que espere , y que siga al pendiente de la misa.
12:51 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
12:52
pero la cuestion es que si durante el ultimo dia del mes yo sigo teniendo ventas, me debo de esperar hasta la noche para registrar esos ingresos hasta la noche? 12:53 Para dicha información, es necesario que espere. 12:53 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
12:53 ha, ok, ya entendi, claro que si, no me queda ninguna duda, espeare a que el SAT publique dicha aplicacion
12:53 le agradezco bastante
12:54 que tenga un exelente dia
12:55 El SAT le agradece utilizar nuestros servicios, le atendió Guillermo Martínez, que tenga buen día.
Les envio un material del RIF, es de una platica fiscal que se llevo a cabo el 28 de febrero y que me lo envio un colega, espero que les sea de utilidad o sino que sirva para confundirlos(as) mas....jejeje
uuufffffff......."Error al subir el archivo 'RIF completa v 12022014.zip': El archivo (4863317) excede el máximo establecido por el administrador del sitio."
Voy a tratar de ponerlo en "Descargas"...peroooo, ¿que alguien me explique o me ayude como subir el archivo en Descargas?
Saludos.