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    FACTURA GLOBAL ¿A MAS TARDAR CUANDO ELABORARLA?

    10 Feb 2014 14:29 #93619 por BR1
    Buenas tardes.

    "A mi ver y parecer", la factura ahora y siempre es "mero requisito" (me refiero a las globales), creo imposible que la autoridad llegue a modificar pagos provisionales amparados en que esos ingresos de la factura global son del mes en que se expiden y no del mes en que se realizaron las operaciones. Es decir, los actos quedan sustentados en el mes correspondiente con notas de venta, controles, contratos, depósitos bancarios y demás (que forman parte de la contabilidad).

    Existe en muchos casos imposibilidad de expedir un global a las 12:00AM del último día del mes, y mas ahora con los RIF....una taquería, un bar, etc etc. Claro, todo se soluciona con un buen sistema de control, pero seamos realistas, la mayoría seguramente llevará sus controles "a mano". Aunque debo aceptar que la autoridad podrá detectar cierta discrepancia con su base de datos y los pagos provisionales.

    Si es que sigue existiendo la "expontaniedad", creo no debe existir ningún riesgo con los que acumulan en base a flujo de efectivo

    Repito por tercera vez, es mi opinión muy personal....quizá no me he chutado bien las reglas y estoy hablando con experiencias pasadas que ya no aplican.

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    10 Feb 2014 14:36 #93620 por BR1

    LOBOZAC escribió: Y por ende, cuando se convierte en "gasto" deducible ?


    Buenas tardes.

    Para PM sería basados en el Art. 27, Fracc. XVIII "

    Quizá lo que me puede quitar el sueño, es referente al manejo de comprobantes con diferentes ejercicios fiscales....

    Un saludo!

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    10 Feb 2014 15:09 #93625 por LOBOZAC
    Gracias BR1 por las opiniones

    Saludos

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    04 Mar 2014 14:33 #94142 por ernye
    dos dudas..
    1.- ¿el plazo para presentar "mis cuentas" es el 17 del mes siguiente al bimestre?
    2.-¿si reporto los ingresos por "mis cuentas" y hago una factura global bimestral estaría duplicando Ingresos.?

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    05 Mar 2014 13:11 - 05 Mar 2014 13:27 #94163 por calpixqui
    Buen día

    ernye escribio lo siguiente:

    1.- ¿el plazo para presentar "mis cuentas" es el 17 del mes siguiente al bimestre?

    R. Nop, no hay plazo, bueno, hasta el día de hoy no ha publicado nada el SAT, ademas no se cuenta con la aplicación en la página del SAT

    Voy a transcribir parte del material que me envio un colega, es en cuanto al RIF pero creo que encuadra dentro del tema planteado:

    "Registro de ingresos.

    • Cuando emita una factura electrónica (CFDI) a sus clientes, no será necesario registrar dichos ingresos.
    • En ventas que no emita factura deberá registrarlas dentro del bimestre de que se trate y el sistema las considerará para su declaración, sin necesidad de generar una factura global."
    • [/color][/b]
    2.-¿si reporto los ingresos por "mis cuentas" y hago una factura global bimestral estaría duplicando Ingresos.?

    R. Va de nuevo: "En ventas que no emita factura deberá registrarlas dentro del bimestre de que se trate y el sistema las considerará para su declaración, sin necesidad de generar una factura global ."

    Todavia hay muchas dudas y esos del SAT no publican nada todavia, esta es una charla en el chat 1a 1:

    Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT.
    12:44 Orientación Fiscal, le atiende Guillermo Martínez, ¿en qué puedo ayudarle?
    12:43 buen dia
    12:44 en que fecha se deben de registrar los ingresos en "Mis cuentas"
    12:45 el ultimo dia del bimestre?
    12:46 Eso es correcto.
    12:46 La obligación para usted es la de registrar sus ingresos y gastos del bimestre en la sección de Mis Cuentas, sección de Mi Contabilidad, opción de ingresos y gastos, esto en la página del SAT ( www.sat.gob.mx , en la parte central de la pantalla de inicio), esto lo debe de hacer dentro del bimestre.
    12:47 Por lo que a más tardar el día 28 de febrero debío de haber capturado lo correspondiente al primer bimestre.
    12:47 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
    12:48 ok, y si no los registre dentro del bimestre? como le hago para registrarlos al bimestre que corresponde?...por ejemplo el bimestre de enero-febrero de 2014
    12:49 Sí no lo realizó de esa manera, es necesario que espere, a la presentación de la declaración de dicho bimestre, para que en su caso el SAT le confirme sí será posible efectuar las correcciones necesarias.
    12:49 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
    12:50 ok, entonces debo de esperar a presentar dicha declaracion
    12:51 Es correcto, por el momento.
    12:51 La declaración del primer bimestre que comprende el mes de enero y febrero se presentara dentro del mes de mayo del 2014. Por el momento no se cuenta con la aplicación en la página del SAT, por lo que le agradecemos que espere , y que siga al pendiente de la misa.
    12:51 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
    12:52 pero la cuestion es que si durante el ultimo dia del mes yo sigo teniendo ventas, me debo de esperar hasta la noche para registrar esos ingresos hasta la noche?
    12:53 Para dicha información, es necesario que espere.
    12:53 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
    12:53 ha, ok, ya entendi, claro que si, no me queda ninguna duda, espeare a que el SAT publique dicha aplicacion
    12:53 le agradezco bastante
    12:54 que tenga un exelente dia
    12:55 El SAT le agradece utilizar nuestros servicios, le atendió Guillermo Martínez, que tenga buen día.

    Les envio un material del RIF, es de una platica fiscal que se llevo a cabo el 28 de febrero y que me lo envio un colega, espero que les sea de utilidad o sino que sirva para confundirlos(as) mas....jejeje :blink:

    uuufffffff......."Error al subir el archivo 'RIF completa v 12022014.zip': El archivo (4863317) excede el máximo establecido por el administrador del sitio."

    Voy a tratar de ponerlo en "Descargas"...peroooo, ¿que alguien me explique o me ayude como subir el archivo en Descargas?

    Saludos.

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    05 Mar 2014 13:52 - 05 Mar 2014 13:56 #94174 por ernye
    gracias calpixqui. buscando por ahí también me encontré que se menciona que debe hacerse preferentemente la factura ya que si solo reporto los ingresos por mis cuentas este no me dara el XML , tambien entre al chat y me comentaron lo mismo que plasmas.el que se deberá elaborar la factura dentro del bimestre. Dificil para los contribuyentes desordenados y atenidos..


    Para subir el achivo solo entras www.aportacionesfiscales.com/index.php/h...escargas-mainmenu-88 y en la parte de abajo hay un mundito que dice enviar archivo click y lo subes ya despues nos pasas el link.

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