Disculpen que meta mi cuchara, el tema está bastante leido y analizado.
Yo les recomiendo hacer "Un contrato de comodato" con el mismo contribuyente, solo para el expediente y como esplicó un colega anteriormente, el carro se registra como "un activo" sin derecho a depreciarlo si es que ya acabó su vida útil, ya que en lo fiscal nos queda claro que con lo expuesto ya no puede ser depreciable. Con ese "contrato" y ese registro como "activo" de la actividad, puedes justificar que el vehículo se utiliza para el desarrollo de su actividad y poder deducir los gastos que se generan, entre otros, el seguro, gasolina, refacciones, cumpliendo, como siempre, con los requisitos de las deducciones de ISR e IVA.
LCP Antonio Soler Vizcarra
LCP Antonio Soler Vizcarra
Consultor Empresarial
Mazatlán, Sinaloa, México