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    INVITACION AL DEBATE CONTABILIDAD ELECTRONICA

    03 Sep 2014 22:38 - 03 Sep 2014 22:38 #98097 por KIKE_CORONA
    Para entender una disposicion legal hay que analizarla desde su origen. En la exposición de motivos de la Iniciativa del Presidente Peña Nieto encontramos esto:

    Por lo anterior, se propone modificar estos preceptos con el fin de definir condiciones para que los contribuyentes cumplan con elementos mínimos y características específicas y uniformes, además de que la autoridad fiscal cuente con una contabilidad estructurada

    Ahi esta la transformación de la contabilidad 2013 a 2014, ahora la misma se manejara conforme la estructura que mande la autoridad hacendaria.
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    04 Sep 2014 08:58 #98099 por sosgtorreon
    Considero acertada la disertación por MISTICO realizada en la primera caída, igual que contundente el relevo efectuado para la segunda por parte de GONZA.

    La regla es lo que deja a entender, pero los aficionados como que hacen eco de lo que MIRITA manifestara en otro mensaje, ¿No se supone las NIF son obligatorias para todos?

    A mi ver esto de la contabilidad electrónica, código agrupador y mas tuvo que correr la misma suerte que los CFDI, es decir, una entrada en vigor paulatina, no se obligatoria en 2014 para los llamados grandes contribuyentes, opcional al resto, ir haciendo atractiva el uso de la misma... por ejemplo, para los que obligados y los que en forma opcional tomen la iniciativa de entrarle a la e-contabilidad eliminarles de la declaración anual el llenar el balance y el estado de resultados, total, se supone que si la autoridad tiene la balanza de comprobación mes a mes, va a tener los saldos al 31/12 y deben poder elaborar ambos estados financieros. Es más, si me pongo exigente que me manden pre-llenada la anual, ya para nada mas partir de la conciliación.

    Saludos.



    sos al sos .
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    04 Sep 2014 10:35 #98101 por Smarin
    No existe en nuestro sistema legal, ninguna obligatoriedad o sanción por no llevar las NIF, es obligatorio su observancia para quienes se dedican a revisar la información financiera tales como los auditores externos, los miembros de los colegios etc. Las NIF dan una calidad a la información financiera ya que esta basada en las mejores practicas contables internacionales. Ni el código de comercio, la ley general de sociedades mercantiles o el Código fiscal mencionan la aplicación obligatoria de las NIF. Aplicar las NIF pueden generar algunos costos importantes para las empresas que incluso las propias NIF las mencionan, pero debemos sopesar el costo o beneficio de aplicarlas en nuestras empresas. No vaya a salir mas caro el caldo que las albóndigas al implementarlas. No se puede hacer una obligatoriedad de ellas debido a que están en muchos casos fuera de muchos de los contextos fiscales que se tienen en México, un ejemplo el nuevo boletín C3 que permite el registro a valor presente de las cuentas por cobrar, situación para nada considerada en nuestro sistema fiscal, o las denominadas depreciaciones contables muy distintas de las "deduccion de inversiones" mostradas en la Ley del ISR. En fin hay muchas diferencias entre aplicar las NIF y las leyes fiscales, en algunos casos hay coincidencias y en otras no. Hay empresas que utilizan NIIF para elaborar su información financiera esto es perfectamente válido o algunas aplican US GAAP o empresas de otros países establecidas en Mexico, como Noruega Suecia o Alemania que tienen su propia normatividad contable. Por lo tanto imaginen la enorme problematica que sería en Mexico en tener que transformar las diversas normatividades contables a los requerimientos hacendarios. Pero eso si tenemos un Codigo Fiscal de la Federación, y Su reglamento sobre cuales son las características de la Contabilidad Fiscal, y el no cumplirlas esas si causan sanciones. Saludos

    Mira como amigo sincero al hombre sincero que te advierte tus errores y no al que aprueba todo cuanto hagas o digas.
    El siguiente usuario dijo gracias: atperez, gonza, calpixqui
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    04 Sep 2014 11:35 #98106 por calpixqui
    Buen día

    No olvidemos esto:

    "El término de “Normas de Información Financiera” se refiere al conjunto de pronunciamientos normativos , conceptuales y particulares, emitidos por el CINIF o transferidos al CINIF, que regulan la información contenida en los estados financieros y sus notas , en un lugar y fecha determinados, que son aceptados de manera amplia y generalizada por la comunidad financiera y de negocios."

    Fundamento: NIF A-1, Estructura de las Normas de Información Financiera.

    Recordemos que las NIF´S sirven como "marco de referencia" para solucionar problemas que surgen en la practica y da soporte teórico a dicho marco.

    Saludos
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    04 Sep 2014 20:57 #98127 por Smarin
    En lo personal ya estoy aplicando mis polizas ya en la contabilidad electrónica y si me han surgido dudas de aplicación contable como por ejemplo la cuenta 72.6 Depreciación Contable de otros activos la tengo dentro de mis gastos generales por aplicación de mis NIF pero al hacer el código agrupador me queda fuera del grupo 65 de Gastos Generales y no podría utilizar el código 72 es una de las tantas dudas de tratar de "ajustar" mi catalogo al del SAT.

    Mira como amigo sincero al hombre sincero que te advierte tus errores y no al que aprueba todo cuanto hagas o digas.
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    05 Sep 2014 10:22 - 05 Sep 2014 10:23 #98131 por MISTICO
    MAESTRO LAGUNERO SOS……..Como siempre aprendiendo de usted y de muchos más, la opinión o comentario de la Contadora Mirita nos muestra que ella es UNA VERDADERA PROFESIONAL.

    No nos hagamos tarugos sabemos que respetar las NIF es respetarnos a nosotros mismos y mostrarnos como verdaderos profesionales y estudiosos en la materia, me quito la capucha con respeto y admiración a MIRITA por su profesionalismo.

    Para los PRINCIPIANTES existe el PRETEXTO de que legalmente no están obligados a cumplir las NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA……..guau guau y más guau guau, sin duda con argumentos legales. Estamos hablando de nosotros como profesionistas sin duda existen principiantes que tienen totalmente justificada su actitud y a los cuales les asiste la razón.

    Como de todo hay en esta viña del señor la autoridad sabedora de estos datos prefiere llevarla por la paz, por eso su REGLA ahora bien toca a cada contribuyente tomar la decisión final, y a cada PROFESIONISTA, CONTADOR LICENCIADO,ADMINISTRADOR recordar que los principios contables y ordenamientos fiscales se transforman cada día y como dicen por ahí sígueles los pasos y camina paralelamente o pronto estos te dejaran atrás y llegara un momento en que no sepas para donde jalar o seguir y entonces ¿serás ? SEREMOS DIJO EL Indio cada día menos profesionales

    SOLO PARA CONTADORES O LICENCIADOS

    Así que tú decides que gafete te pones PRINCIPIANTE O PROFESIONISTA la entrada es libre, ya veremos qué pasa a la salida.

    Saludos todos.
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