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    Cambio al RIF

    21 Ene 2015 01:06 - 21 Ene 2015 01:10 #100304 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema Cambio al RIF
    Para tributar en RIF debe existir una actividad empresarial, es el primer requisito
    Otro no superar los ingresos y cumplir los protocolos de ley referidos en su Sección II del Título IV.

    ¿Cómo saber, si se trata de actividad empresarial? Consultar el CFF artículo 16.

    Los servicios independientes tendientes a ser profesionales, NO SON ACTIVIDADES EMPRESARIALES.

    Pero los servicios independientes que no requieran el empleo de un titulo profesional, se sobre-entiende que no son profesionales. Por lo tanto, estas actividades, al no ser profesionales, si son actividades empresariales de las referidas en el 16 CFF.

    Las personas físicas con actividad empresariales tienen la oportunidad de tributar 3 REGÍMENES u opciones por tributar en:

    TÍTULO IV DE LAS PERSONAS FÍSICAS - CAPÍTULO II DE LOS INGRESOS POR ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES

    1 OPCIÓN) SECCIÓN I -DE LAS PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES
    2 OPCIÓN) SECCIÓN II RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL


    TÍTULO II DE LAS PERSONAS MORALES
    3 OPCIÓN) CAPÍTULO VIII - RÉGIMEN DE ACTIVIDADES AGRÍCOLAS, GANADERAS, SILVÍCOLAS Y PESQUERAS

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    21 Ene 2015 09:30 #100308 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Cambio al RIF
    En la interpretación de una norma, hay que ver un todo, no solo un ápice...

    5,31 CPEUM
    75 CC
    14 LIVA
    111 LISR
    16 CFF
    RM

    Esto para saber con precisión y distinción, quienes pueden estar en RIF...


    saludos

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