Juan, ha de disculpar el tuteo, pero hay confianza, espero.
Asumo que esgrimes lo de "no se acredito ni se dedujo el gasto", como para que uno responda, "siendo así, no acumules", pero intentas establecer una simetría fiscal que no existe ni se da. No todo lo que acumulas es porque otro lo deduce, ni todo lo que deduces es porque va a redundar en una acumulación, recuerda que la ley es enunciativa no limitativa, en el peor de los casos un auditor va a poder decirte que la ley dice que "son ingresos acumulables, entre otros, ..." y con en ese "entre otros" cabe cualquiera.
La sugerencia es que revises las disposiciones aplicables para la deducción de créditos incobrables, que son la contrapartida a lo que expones y tal vez empieces por asimilar que si no dedujiste es tu problema, tenias derecho, no lo hiciste, es tu problema, ahora tienes un ingreso y debes acumularlo, sigue siendo tu problema.
Cuando digo tu problema desde luego que me refiero a problema del contribuyente, reitero que conviene ir mas haya y hacerle al Sherlock para saber porque ya no se va a pagar, a santo de que... dices que los otros ya aceptaron, ¿Partes relacionadas?, ¿Van a deducir por incobrables?, y es que conociendo la mayor cantidad de detalles es que puede que surja algo que sirva a las pretensiones, que doy por descontado son las de no acumular.