La pregunta es..¿ Se esta obligado a presentar los pagos provisionales por ley?
[quote="Jack20A" post=101474]Si, De acuerdo al art. 14 de la LISR. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago.
Llego a la conclusión que si se presentaran y en la anual se origine ese saldo a favor por los pagos provisionales pagados y posterior compensare ese saldo.
Comentas esto, " ... y en razon de lo mismo va la respuesta , jejejejeje " ...Antes de Presentar la anual del ejercicio procedería a presentar las declaraciones de Pagos Provisionales de ISR, de todos los meses en donde solo pagaría las actualizaciones y los recargos de dicho impuesto que el resulte a pagar, ya que en la anual este impuesto le resultaría a favor. ..."