Radio Aportaciones:  
--:--  | : 4hs-8hs -
Toggle Bar

    Septimo Dia (Jornada Reducida)

    06 May 2015 17:51 #102182 por ElvisBarrientos
    Que tal compañeros foristas.

    Tengo la siguiente cuestión, cual debería ser la menera correcta de determinar el séptimo día para aquellos trabajadores que tienen una Jornada Reducida (Periodo de Pago: Quincenal, Dias de Descanso: Sabados y Domingos), teniendo en cuenta que el Sep.Dia corresponde preferentemente a los Domingos (Art. 69 y 71 LFT), por cada 6 dias de trabajo 1 dia de descanso.

    Planteo esta situacion debido a que debo configurar el Contpaq Nominas. Entiendo que si el pago fuera semanal y se laborara de lunes a sabado, no tendria problema en el calculo, ya que tomaria 1/6*Dias Laborados y determinaria la proporcion al sep.dia. y como calcularia a esa plantilla que solo trabaja de lunes a viernes.

    Ojala puedan apoyarme con su valiosa aportacion.
    Saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    07 May 2015 09:22 #102188 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Septimo Dia (Jornada Reducida)

    ElvisBarrientos escribió: Que tal compañeros foristas.

    Tengo la siguiente cuestión, cual debería ser la menera correcta de determinar el séptimo día para aquellos trabajadores que tienen una Jornada Reducida (Periodo de Pago: Quincenal, Dias de Descanso: Sabados y Domingos), teniendo en cuenta que el Sep.Dia corresponde preferentemente a los Domingos (Art. 69 y 71 LFT), por cada 6 dias de trabajo 1 dia de descanso.

    Planteo esta situacion debido a que debo configurar el Contpaq Nominas. Entiendo que si el pago fuera semanal y se laborara de lunes a sabado, no tendria problema en el calculo, ya que tomaria 1/6*Dias Laborados y determinaria la proporcion al sep.dia. y como calcularia a esa plantilla que solo trabaja de lunes a viernes.

    Ojala puedan apoyarme con su valiosa aportacion.
    Saludos


    "Jornada Reducida" o "Semana Reducida"?

    No es lo mismo trabajar menos horas diarias, que menos días a la semana.

    Por cierto... viste el segundo párrafo del art 59 de la misma ley? No te aplica?

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    07 May 2015 11:43 #102195 por asolerv
    Respuesta de asolerv sobre el tema Septimo Dia (Jornada Reducida)
    ElvisBarrientos:

    Me surge una duda ¿Donde viene fundamentado lo del séptimo día? y ¿Para que la separación del día de descanso en la nómina?

    LCP Antonio Soler Vizcarra
    Consultor Empresarial
    Mazatlán, Sinaloa, México

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    07 May 2015 13:12 #102196 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Septimo Dia (Jornada Reducida)

    asolerv escribió: ElvisBarrientos:

    Me surge una duda ¿Donde viene fundamentado lo del séptimo día? y ¿Para que la separación del día de descanso en la nómina?


    Da una lectura a la LFT.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    11 May 2015 12:44 #102219 por ElvisBarrientos
    Respuesta de ElvisBarrientos sobre el tema Septimo Dia (Jornada Reducida)
    Artículo 69.- Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo
    menos, con goce de salario íntegro. , Art. 71 y 72 de la LFT.

    Concidero que el desglosarlo podrian ser solo para efectos de presentacion y que no tendria efecto alguno.

    Cuando es nomina semanal no tengo problemas, por que todos los trabajadores de ese tipo de jornada de trabajo, laboran de lunes a sabado y su dia de descanso es el domingo, pero si existiera otro tipo de trabajadores que laboraran de lunes a viernes con sabado y domingo como dia de descanso, como calcularia su nomina??

    Los dias laborados x salario diario??

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    11 May 2015 13:11 #102220 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Septimo Dia (Jornada Reducida)

    ElvisBarrientos escribió: Artículo 69.- Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo
    menos, con goce de salario íntegro. , Art. 71 y 72 de la LFT.

    Concidero que el desglosarlo podrian ser solo para efectos de presentacion y que no tendria efecto alguno.

    Cuando es nomina semanal no tengo problemas, por que todos los trabajadores de ese tipo de jornada de trabajo, laboran de lunes a sabado y su dia de descanso es el domingo, pero si existiera otro tipo de trabajadores que laboraran de lunes a viernes con sabado y domingo como dia de descanso, como calcularia su nomina??

    Los dias laborados x salario diario??


    Daniel_Gtz escribió: ..... viste el segundo párrafo del art 59 de la misma ley? No te aplica?...

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.245 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 368 invitados y ningún miembro en línea