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ElvisBarrientos escribió: Creo que no me puedo explicar, el art. 59 menciona que el patron y el trabajador podran pactar la jornada de trabajo de tal manera que no exceda las maximas por la ley, para que el trabajador x ejemplo pueda salir el sabado a medio dia. Eso ya esta claro.
Lo que quisiera saber es como aplica el pago de un trabajador que labora menos del tiempo permitido, un trabajador laborara de 8:30 a 5:30 (8 Horas) con 1Hra de descanso para consumo de sus alimentos y de lunes a viernes, y gana 2,000 semanal (brutos) si no tiene faltas y cobra los dia viernes,
a) cuato gana diario? cual seria su salario diario
2,000/ 5= $ 400 o 2,000/7 = 285.71
Los 5 por que son 5 dias que realmente labora o 7 porque son los dias de una semana, en mi concideracion seria 5 ya que si tuviera una falta esta se calcularia $400x dias laborados
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