Radio Aportaciones:  
--:--  | : 4hs-8hs -
Toggle Bar

    Septimo Dia (Jornada Reducida)

    11 May 2015 17:14 #102221 por ElvisBarrientos
    Respuesta de ElvisBarrientos sobre el tema Septimo Dia (Jornada Reducida)
    Creo que no me puedo explicar, el art. 59 menciona que el patron y el trabajador podran pactar la jornada de trabajo de tal manera que no exceda las maximas por la ley, para que el trabajador x ejemplo pueda salir el sabado a medio dia. Eso ya esta claro.

    Lo que quisiera saber es como aplica el pago de un trabajador que labora menos del tiempo permitido, un trabajador laborara de 8:30 a 5:30 (8 Horas) con 1Hra de descanso para consumo de sus alimentos y de lunes a viernes, y gana 2,000 semanal (brutos) si no tiene faltas y cobra los dia viernes,

    a) cuato gana diario? cual seria su salario diario
    2,000/ 5= $ 400 o 2,000/7 = 285.71

    Los 5 por que son 5 dias que realmente labora o 7 porque son los dias de una semana, en mi concideracion seria 5 ya que si tuviera una falta esta se calcularia $400x dias laborados

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 May 2015 09:32 #102222 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Septimo Dia (Jornada Reducida)

    ElvisBarrientos escribió: Creo que no me puedo explicar, el art. 59 menciona que el patron y el trabajador podran pactar la jornada de trabajo de tal manera que no exceda las maximas por la ley, para que el trabajador x ejemplo pueda salir el sabado a medio dia. Eso ya esta claro.

    Lo que quisiera saber es como aplica el pago de un trabajador que labora menos del tiempo permitido, un trabajador laborara de 8:30 a 5:30 (8 Horas) con 1Hra de descanso para consumo de sus alimentos y de lunes a viernes, y gana 2,000 semanal (brutos) si no tiene faltas y cobra los dia viernes,

    a) cuato gana diario? cual seria su salario diario
    2,000/ 5= $ 400 o 2,000/7 = 285.71

    Los 5 por que son 5 dias que realmente labora o 7 porque son los dias de una semana, en mi concideracion seria 5 ya que si tuviera una falta esta se calcularia $400x dias laborados


    Ok... Ya vimos que no aplica el art 59.

    Entonces... el contrato debería señalar el salario, no?

    Pero bueno.... vamos a intentar desglosar un poco.

    Dices que si fuera un "trabajador normal", y le pagas 2,000 por semana, es equivalente a 285.71 diarios. En estos 285.71 diarios, estas considerando el "séptimo día". Es decir, trabaja 6 y descansa 1. Proporción a .1667 por cada día trabajado.

    Para determinar dicha proporción (.1667), divides el día de descanso, entre los días laborados (1/6). Si hacemos esto mismo, pero cambiando los días, es decir, dos días de descanso entre 5 días laborados, esta proporción cambiaría a .4000 (2/5).

    Es decir, por día laborado, se le pagarían 285.71 (285.71*4=1,428.57) mas la proporción de los descansos o "séptimos días" (285.71*.4000*5 = 571.42). Esto a mi muy particular punto de vista, pero insisto... no deberíamos de "inventar esto, ya debería de estar en el contrato individual de trabajo.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 May 2015 11:01 #102228 por calpixqui
    Respuesta de calpixqui sobre el tema Septimo Dia (Jornada Reducida)
    Buen día

    Haber mi buen ElvisBarrientos, creo que por aqui va la cosa con respecto a la duda que comentas:

    "REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN"

    "Artículo 116. Cuando por ausencias de los trabajadores a sus labores no se paguen salarios pero subsista la relación laboral, para los efectos señalados en la fracción III del artículo 31 de la Ley, se observará lo siguiente:

    I. En el caso de trabajadores con jornada reducida se seguirán las reglas establecidas en la fracción I, del artículo 31 de la Ley, y

    II. Tratándose de trabajadores con semana reducida la cotización mensual se ajustará igualmente a lo establecido en la fracción I, del artículo 31 de la Ley, para lo cual, el número de días de cotización se obtendrá restando del total de días que contenga el periodo de cuotas de que se trate, el número de días a descontar que corresponda conforme a la tabla siguiente, ajustándose, en su caso, los días a descontar, a los periodos establecidos en el artículo 31 de la Ley."



    Espero que sea esto lo que estas buscando.

    ¡ Saludos !
    Adjuntos:

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 May 2015 20:06 #102242 por Gealram
    Respuesta de Gealram sobre el tema Septimo Dia (Jornada Reducida)
    Ahí voy a meter mi cuchara:

    Para mí lo correcto sería así:

    Salario semanal (7 días) $2000.00
    Salario diario $ 285.71

    Ahora, proporción por día:
    Trabajando de lunes a sábado: 7/6 = 1.1666. Faltó el San Lunes; $285.71 x 1.1666 = $ 333.31 a descontar
    Trabajando de lunes a viernes: 7/5 = 1.4000. Faltó el San Lunes: $285.71 x 1.4000 = $ 400.00 a descontar

    Es eso, ElvisBarrientos?

    Si no, pues seguimos....

    ¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.329 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 346 invitados y ningún miembro en línea