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através de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó del nuevo aumento en el impuesto de esos alimentos.
Entre los productos que ahora pagarán IVA están los sándwiches o emparedados sin importar su denominación; tortas, lunches, chapatas, pepitos, baguettes, paninis o subs; gorditas, quesadillas, tacos o flautas.
También pagarán IVA los burritos y envueltos como rollos y wraps; croissants, incluidos los cuernitos; bakes, empanadas o volovanes; pizzas; guisos; hot dogs y banderillas; hot cakes, alitas, molletes, hamburguesas, bocadillos, sushi, tamales, sopas instantáneas y nachos.
Agregó que la compra de esos alimentos implica el IVA, por lo que no importa si se consumen en el interior del establecimiento o se piden para llevar; detalló que estos productos deben pagar IVA pues entran en su definición de alimentos preparados y por ello el 16 por ciento del impuesto es aplicable.
Especialistas fiscales consideraron que la medida tiene fines recaudatorios y afecta a un sector vulnerable de la población.
La decisión tiene que ver con obtener recursos pronto, como sabemos otros ingresos del gobierno han caído y eso hace que la autoridad tenga un mayor control sobre ese tipo de productos, señalan.
Esta decisión afecta a las clases más necesitadas, que son quienes consumen más estos productos, señaló Martín Fierro, socio fiscal de RSM.
Agregó que serán los consumidores quienes paguen este aumento de impuesto, pues ni los productores ni las tiendas de autoservicio querrán absorber el impacto de este cambio fiscal
“Lo dispuesto en la presente regla resulta aplicable a la enajenación de los productos antes mencionados, en las tiendas denominados ‘de conveniencia’ o de ‘cercanía’, ‘mini supers’, tiendas de autoservicio y en general cualquier establecimiento en los que se enajenen al público en general dichos productos que se encuentren en los refrigeradores o en el área de comida rápida o fast food, según se trate”, detalla la publicación del portal del SAT.
La resolución anterior está publicada en la actualización a la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y sus Anexos 1-A, 3, 7, 15, 23 y 26 y dentro de la misma la correspondiente a la regla 5.1.14
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MISTICO escribió: REIR, REIR Antes que les pongan IVA....
SAN IRINEO EL LEGIS…………………Su servidor en lo personal no consume PERRITOS CALIENTES, ALITAS, NI CUERNITO fíjese que estos no me gustan ni de pan, hay que tierno se vieron con sus diminutivos ¿No será usted jotito, mariconcito, chotito, mampito, Leandrito, vochito, mariponcito, pu…ito hay gracias por su ternura la verdad con esas palabra hay dolor San Irineo pero no hay porque sufrir mientras PARE DE SUFRIR está abierto las 24 horas del día ahhhhhhhhhhhhhhhhhh
Como dijo BUDA EL DOLOR ES INEVITABLE, EL SUFRIMIENTO ES OPCIONAL gracias muchas gracias su ternura ya me transporto a la cuarta dimensión ahhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
Su servidor consumen TACOS DE CANASTA y un platillo típico Veracruzano PICADITAS con salchicha, PICADITAS de Coliflor, o PICADITAS de plátano macho como esto no grava IVA le agradezco enormemente su comprensión si alguien se interesa por unas picaditas ponemos a sus ordenes nuestro merendero.
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