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MISTICO escribió: LA DE A CABALLO…………. Vamos por partes, como esto no se trata de adivinanzas aclárame en la asamblea general extraordinaria que presentan al notario que dice la modificación o dime en el orden del día de la asamblea que dice en las dos primeras propuestas o finalmente que dice el ACUERDO.
Mi duda es, si no se modifica el RFC porque aceptas CAMBIAR LA FIRMA ELECTRONICA en sentido estricto en el supuesto que narras no deberías de hacer nada para efectos fiscales en mi opinión. La firma electrónica se modifica cuando existe cambio de REPRESENTANTE LEGAL PARA EFECTOS FISCALES si se modifica alguna clausula en la redacción del acta constitutiva no hacemos nada para efectos fiscales.
Así que espero tu colaboración indicándonos CUAL ES LA RAZON REAL DE UN CAMBIO DE RAZON SIN MODIFICACION DEL RFC.
Cual era la RAZON SOCIAL ANTERIOR Y CUAL ES LA RAZON SOCIAL ACTUAL
a) Anterior LA CORNETA S, A, DE C.V.
b) Actual LA CORNETA ROSA S.A.DE C.V.
Supongo que algo así debe ser pero confírmalo o háblanos al chile poblano mi bato porque si no al rato salen con que a chuchita la bolsearon.
RUMBO A LAS REGADERAS DESPUES DEL CALENTAMIENTO
Suponiendo sin conceder que b) fuera tu caso claro que tendrías que modificar la FIEL y realizar tramite de nuevos sellos, porque en realidad si existe cambio de razón social.
Si no hay cambio de FIEL tampoco deben modificarse los sellos ver Anexo 1ª RMF 30 Dic. /14 Ficha técnica 105 C.F.F.
Saludos Maestros de Maestros me refiero a los otros dos demonios restantes de la serie de video juegos del diablo o personajes ocultos de Marvel Súper Héroes VS Street Fighter.
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