Buenas tardes: Así es si entra en vigor el 30 de abril es a partir de abril, ya no se puede hacer retroactivo ya que en al mencionada regla se omitió a los contribuyentes pf con ingresos entre 2 y 4 millones. Pero en Mi contabilidad ya no presentaría DIOT ni subiría la econta.
Saludos.
PD Espero estar bien
TE HAS ENRREDADO EN LA CUERDA OLVIDATE DEL 2018 recuerda que estamos hablando de una disposición de vigencia anual, 2018 ya quedo atrás para 2019 solo podrás aplicar de manera estricta SOLO LO QUE ESTE ESCRITO Y QUE TENDRA VIGENCI ANUAL
Ahora sigue las reglas 2.8.1.5, 2.8.1.18, 2.8.1.22, 2.8.1.25 Y OTRAS
PERSONAS FISICAS DEL REGIMEN GENERAL DE LEY QUE NO REBASEN LOS 2 MILLONES PERO DEBEN PRESENTAR LA DIOT, SALVO QUE USEN EL APLICATIVO MI CONTABILIDAD QUEDAN REVELADOS DE PRSENTAR LA CITADA DIOT SIEMPRE Y CUANDO ACEPTES LAS FACTURAS PRECARGADAS SI DECIDES SEGUIR CON LA FORMA TRADICIONAL ENVIAS DIOT Y CONTABILIDAD
NO PUEDEN USAR MIS CUENTAS
LAS PERSONAS FISICAS DEL REGIMEN GENERAL DE LEY QUE REBASEN LOS 2 MILLONES
La autoridad nos esta aplicando sus huevos al gusto, o ME CANSO GANSO no es una arrimada es una arrinconada para donde te hagas te pega el chingadazo y nos voltea el traga maíz para el cielo o unos zapes para cerrarnos la boca, asi o mas fácil mi seguidor de Pedro Infante?