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MISTICO escribió: Las referencias………
CAPÍTULO II
DE LAS DEDUCCIONES
SECCIÓN I
DE LAS DEDUCCIONES EN GENERAL
Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
Estar amparadas con un comprobante fiscal y efectuar los pagos con los requerimientos y a través de los medios autorizados
III. Estar amparadas con un comprobante fiscal y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México; cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o los denominados monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria.(VER ADEMAS ART.243.RLISR)
Tratándose de………………………………
Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar las erogaciones a través de los medios establecidos en el primer párrafo de esta fracción, cuando las mismas se efectúen en poblaciones o en zonas rurales, sin servicios financieros.
(VER ADEMAS ART.42.RLISR.)
RUMBO AL VESTIDOR
Sin la menor duda Contadora MANUELITA USTED TIENE LA RAZON EL CASO EN
COMENTO NO ES DEDUCIBLE
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