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    INCAPACIDAD NO REPORTADA

    21 Jun 2008 15:48 #29321 por FISCALISTA1
    INCAPACIDAD NO REPORTADA Publicado por FISCALISTA1
    Compañeros buen dia!

    Se dio un caso aqui en la empresa en donde trabajo en el cual un trabajador no coloco bien una placa de acero en la mesa de trabajo y esta le aprisiono el dedo indice, fue al seguro a urgencias( esto fue un sabado)el caso es que el lunes se presento a laborar como si nada y le preguntamos que habia pasado y nos comento que lo revisaron y como no estaba reventado el dedo solo machucado pues solo lo mandaron a sacarse una radiografia para ver si no habia fractura o fisura pero ya no fue porque no quiso perder el tiempo ni dar vueltas y aparte que ni le duele el dedo ni siente nada, nos comento tambien que no le dieron incapacidad que solo le dieron formato st-1 para que lo llenara la empresa(osea nosotros) pero pues el dice que se siente bien y que no le duele y de hecho visiblemente no se le nota nada.

    resumen: el trabajador no quiere ir al seguro, no siente malestar en el dedo, no se le hizo cortadura, y no le dieron incapacidad. mi pregunta es:

    1. existe algun riesgo o consecuencia si no se le llena la st-1 y no se reporta como accidente de trabajo?

    se que a partir del 1 de julio entra en vigor el nuevo formato st-7 en el cual dentro de su reglamento para calificar probable riesgo de trabajo no importa si firmamos o reconocemos, o no entregamos a tiempo(48hrs) o no el st-7, se que el seguro calificaria por mi el riesgo de trabajo y me lo haria saber por correo. pero me imagino que esto entra en vigor hasta el 1 de julio pero estamos en junio y al trabajador le dieron a llenar st-1 y no st-7.

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    21 Jun 2008 16:22 #29323 por Luis
    Respuesta de Luis sobre el tema Re: INCAPACIDAD NO REPORTADA
    Hola Fiscalista:

    Un placer saludarte, es recomendable el llenado de la misma, ya que por normatividad del Seguro se debe realizar (art. 51 LSS)
    ARTICULO 51. EL PATRON DEBERA DAR AVISO AL INSTITUTO DEL ACCIDENTE O ENFERMEDAD DE TRABAJO, EN LOS TERMINOS QUE SEÑALE EL REGLAMENTO RESPECTIVO.

    EL TRABAJADOR, LOS BENEFICIARIOS DEL TRABAJADOR INCAPACITADO O MUERTO, O LAS PERSONAS ENCARGADAS DE REPRESENTARLOS, PODRAN DENUNCIAR INMEDIATAMENTE AL INSTITUTO EL ACCIDENTE O LA ENFERMEDAD DE TRABAJO QUE HAYA SUFRIDO. EL AVISO TAMBIEN PODRA HACERSE DEL CONOCIMIENTO DE LA AUTORIDAD DE TRABAJO CORRESPONDIENTE, LA QUE, A SU VEZ, DARA TRASLADO DEL MISMO AL INSTITUTO.

    Por otra parte puede darse el caso de que hoy no quiera el trabajador hacerlo y mañana mal asesorado por alguien vaya y denuncie esto a las autoridades y devenga en infracciones y sanciones (art. 304-A fracción XII y 304-B XIV LSS)
    ARTICULO 304 A. SON INFRACCIONES A ESTA LEY Y A SUS REGLAMENTOS, LOS ACTOS U OMISIONES DEL PATRON O SUJETO OBLIGADO QUE SE ENUMERAN A CONTINUACION
    XII. NO DAR AVISO AL INSTITUTO DE LOS RIESGOS DE TRABAJO, OCULTAR SU OCURRENCIA EN LAS INSTALACIONES O FUERA DE ELLAS EN EL DESARROLLO DE SUS ACTIVIDADES, O NO LLEVAR LOS REGISTROS DE LOS RIESGOS DE TRABAJO O NO MANTENERLOS ACTUALIZADOS

    ARTICULO 304 B. LAS INFRACCIONES SEÑALADAS EN EL ARTICULO ANTERIOR, SE SANCIONARAN CONSIDERANDO LA GRAVEDAD, ...
    IV. LAS PREVISTAS EN LAS FRACCIONES I, II, XII, XIV, XVII, XX Y XXI CON MULTA EQUIVALENTE AL IMPORTE DE VEINTE A TRESCIENTAS CINCUENTA VECES EL SALARIO MINIMO DIARIO GENERAL VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL.


    Saludos y quedo a tus ordenes.:)

    Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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    21 Jun 2008 16:28 #29324 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema Re: INCAPACIDAD NO REPORTADA
    La empresa debe realizar esa ST-1 o la ST-7. Tengo entendido que también el segundo formato, ya opera. Pero, no sería todavía imperativamente obligatorio su empleo.

    El hecho de informar el hecho es para que no le finquen responsabilidades. El seguro social ya tiene el reporte de este suceso y tenga la seguridad, que estaría esperando el plazo indicado para requerirle y multarle sus desatenciones.

    Finalmente, simplemente es un reporte para complementar el formulismo exigido. No tendría consecuencias, pues al trabajador no le incapacitaron. Y no se vería afectado el patrón, en sus incidencias laborales.

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    21 Jun 2008 17:14 #29328 por FISCALISTA1
    Respuesta de FISCALISTA1 sobre el tema Re: INCAPACIDAD NO REPORTADA
    Muchisimas gracias compañeros por sus atenciones, y lo que comentas compañero enrique es verdad, ya que al no tener incapacidades pues no habria incidencias laborales, simplemente seria para complir con dicho requisito sin que me vea afectado como empresa.

    Gracias por sus atenciones!

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    22 Jun 2008 01:39 #29348 por Viri
    Respuesta de Viri sobre el tema Re: INCAPACIDAD NO REPORTADA
    hola!!!!!
    asi es, enrique, estoy de acuerdo, además deben de averiguar realmente lo que hizo el empleado en urgencias, puedria ser, que si ledieran incapacidad y no la está reportando austedes, en cuestion de accidentes de trabajo elimss son muyyy... abusados y los empleados mas, bueno algunos (podria ser que si ledieron incapacidad que éste lacobre y ademas cobre en la empresa). atiendan ese incidente con mucha cautela y haz los reportes que tengan que hacer y acércate a alguien del dpto. de accidentes de trabajo (aqui en miciudad es en la delegación del imss) y que te diga lo que debes hacer, te doy esta recomendacion por que estuve metida mucho tiempo en la sub y la delegacion arreglando una situacion y llevan casos realmente fuertes por accidentes de trabajo no reportados. Además de que nadie sabe nada del dpto.de a lado cada quien te dice lo que sabe,es decir, si debes meter un escrito en algun dpto. esemismo lo debes presentar en dos omas dptos. diferentes, por que entre ellos no hay comunicacion ni relación.
    atte. Vicky.

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    22 Jun 2008 04:47 #29353 por pepesoto
    Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: INCAPACIDAD NO REPORTADA
    :side: Buenas noches. Usted llene la ST1. Llévela personalmente al depto de medicina del trabajo y si no le extendieron incapacidades a ese trabajador, le deberán entregar "casi de inmediato", la ST2. Asi, cierra su caso y cumple con el imss. Si es cierto de que no hubieron incapacidades, no le afectará en su calculo de prima de RT del ejercicio.

    Salutes,
    El Lic.

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