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mmmmm
Ok...
no, pues no....
mandalo de regreso con el art que te mencione.
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Daniel_Gtz escribió:
mmmmm
Ok...
no, pues no....
mandalo de regreso con el art que te mencione.
Pos aca de metiche:
No serían el 91 y 92 los que tiene que llevar el trabajador?
saludos!
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hola...
Lo que pasa es que en esos articulos menciona a lo que tiene derecho como derechohabiente (otra vez, valga la rebuznancia...)
Como ya esta dado de baja y no lo quieren atender, requiere del 109.
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