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    Duda en Riesgo de trabajo

    11 Feb 2009 14:05 #41219 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Duda en Riesgo de trabajo
    isaveljimenez escribió:

    En el mes de diciembre,una empleada recien ingresada se lastimo una rodilla estando en labores, pasteleria (osea no es nada riesgoso), se le mando al imss a atenderse y le dieron dos incapacidades, una de ocho y otra de 5 dias, al parecer la empleada traia problemas con la rodilla desde hace mucho tiempo, por lo que me supongo que en las incapacidades le pusieron como rama Riego de trabbajo, pero le pusieron que NO era probable riesgo de trabajo, asi mismo se me entrego el ST-2 sin ningun comentario,


    Por partes, con calma y determinamos...

    Al ser empleada, al haberse golpeado estando realizando sus labores, debe de ser considerado un accidente de trabajo, la no gravedad del accidente solo nos debe llevar a decir; "menos mal que no fue grave", pero eso no le quita que sea accidente. La existencia de un padecimiento anterior sera un antecedente medico importante a la hora de determinar su tratamiento por parte del medico, pero insisto, al ser empleada y tener el accidente al realizar sus labores de trabajo, es lo que lo tipifica como Accidente de Trabajo.


    isaveljimenez escribió:


    En dias pasado me llego una carta del imss diciendo que si era riesgo de trabajo.

    Que debo de hacer con esta carta?


    Lo dicho, si camina como pato y hace como pato, lo mas probable es que sea un pato... Si es empleada, se accidenta en el trabajo, es accidente de trabajo... leve, moderado o grave, es otra cuestion.

    La carta debe conservarse en archivo y ha servido para que a la hora de determinar la DART se contemple el caso como accidente de trabajo que es.


    isaveljimenez escribió:

    Dentro del SUA a la empleada le doy de alta sus incapaciddes con toda la informacion de que se trata de riesgo de trabajo, pero a la hora de hacer el calculo de Prima de riesgo de trabajo, me manda que no hubo riesgos de trabajo, y me vuelve a mandar la misma prima del año anterior, esta esto correcto? o tengo yo que hacer alguna modificaciohn?


    Aqui si llama la atencion, si pudieras comentarnos la version del SUA con que cuentas, lo digo porque si la incapacidad la estas alimentando como RT y es un caso concluido en 2008, o al menos eso supongo porque fechas exactas de accidente y alta no nos has compartido al momento, debe el SUA enviarte la DART modificada, ya que la incidencia obliga a ello... pudiera ser que tengas una version no adecuada del SUA o que el caso no haya concluido en 2008... si la version del SUA es la mas reciente y el caso concluyo en 2008 entonces sugiero realizas el calculo de la DART en el archivo de excel que se encuentra en descarga de esta pagina, mismo que desarrolla el IMSS y que mi buen Gabo nos hizo el favor de facilitarnos.

    Asi las cosas comenta de favor, version del SUA que utilizas y fecha de conclusion del caso -dictamen de alta-.

    Saludos.



    sos al sos .

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    13 Feb 2009 23:32 #41470 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema Re: Duda en Riesgo de trabajo
    Hola isaveljimenez:

    Tal parece que estoy viendo un partido de futbol. Donde el equipo "infractor" argumenta que no es penal. El arbitro y el otro equipo indica que si.

    El accidente existio, de conformidad al documento que se redacta. La calificacion del medico, no puede argumentar que no seria RT. Puesto sus pruebas es que si lo son. Y de estar en su lugar, asi estoy seguro que lo calificaria.

    Indica que la persona ya tenia algun malestar en su rodilla, pero ¿cómo podria probarlo la EMPRESA O PATRON? Que de hacerlo, se me hace que no seria muy representativo el trabajo para el "perjuicio" en la consideracion del RT. Usted argumenta que no es un daño fuerte y que bien que se ha restablecido el trabajor, es lo importante.

    Si desea impugnar esa resolucion tiene que ejercer el recurso de inconformidad segun el art 44 LSS. Pero, debe aportar las pruebas y preparar un escrito conforme el art 122 CFF (que es un recurso de revocacion, pero el de inconformidad es muy parecido)

    Pero, tambien el patron se vio beneficiado, a que no tenga que cubrir salarios por esos dias de incapacidad y a no cubrir los gastos por el accidente.

    No cree todavia, que de los males, le resulto el menor al patron. Y todo por que seria un patron cumplidor.

    Solo me queda, agradecerle compartirnos sus injerencias en caso, pues pocas personas lo hacen. Solo piden ayuda y no dan su opinion

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