“la administración de un contrato de prestación de un servicio o de proveeduría de un producto, en lugar de administrar un proceso o departamento propio de la empresa encargada de dicho proceso productivo”.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
PERO EL PERSONAL TRABAJA DENTRO DE MIS INSTALACIONES Y BAJO LA DIRECCION DE LOS SOCIOS DEL DESPACHO, NADIE VA A LAS INSTALACIONES DEL BENEFICIARIO .
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ENTRE EMPRESAS. REQUISITOS NECESARIOS. De conformidad con los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo, para que exista responsabilidad solidaria entre una empresa que ejecuta obras o servicios para otra, se requiere la prueba de los siguientes hechos: a) que tales obras o servicios, se ejecuten en forma exclusiva o principal para la empresa beneficiaria; y b) que la empresa ejecutante no disponga de elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 6811/94. Diners Club de México, SA de CV 1o. de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria Guadalupe Villegas Gómez.
Amparo directo 3371/94. Rogelio Rivero Rodríguez. 28 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario Guillermo Becerra Castellanos.
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su gaceta, Octava época. Tomo XV-II, febrero de 1995. Tesis I.T.491 L, pág. 529.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Hay 247 invitados y ningún miembro en línea