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    Créditos de IMSS

    10 Nov 2009 10:09 #54695 por gaboaranda
    Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: Créditos de IMSS
    gracias editor por el texto mirita....

    editor20 escribió:

    CUARTO.- La solicitud para dejar sin efectos la multa impuesta, podrá ser presentada por el patrón fuera del plazo de cinco días hábiles que señala el Artículo 191 del REGLAMENTO, e incluso, dentro del procedimiento administrativo de ejecución y hasta antes de que se efectúe el remate, debiendo garantizar el interés fiscal si se solicita la suspensión de dicho procedimiento, atento a lo que dispone el Artículo 192 del mismo Reglamento.


    Reglamento de afiliación...

    Artículo 191. El patrón o sujeto obligado,podrá presentar la solicitud a que se refiere el artículo anterior en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la
    multa impuesta, siempre y cuando no haya interpuesto recurso de inconformidad.

    Artículo 190. El patrón o sujeto obligado presentará, por escrito, la solicitud a que se refiere el artículo
    304 D de la Ley, ante la unidad administrativa que impuso la multa, la cual deberá contener por lo menos
    lo siguiente:
    I. Nombre, denominación o razón social, número de registro patronal y domicilio;
    II. El número de crédito, periodo y fecha de la multa impuesta, y
    III. Justificación de que no cometió la infracción por la que se le impuso la multa, acompañando los
    documentos que la acredite.


    LSS...

    Artículo 304 D. El Instituto podrá dejar sin efectos las multas impuestas por infracción a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, cuando a su juicio, con la sola exhibición documental por
    los interesados se acredite que no se incurrió en la infracción.
    La solicitud de dejar sin efectos las multas en los términos de este artículo, no constituye instancia y las resoluciones que dicte el

    Mirita, entendamos lo siguiente:

    1.-Tenemos o no todas la evidencias para cumplir con el númeral 304-C y el 304-D de LSS?

    2.-Tenemos o no justificación legal completa??

    3.-Se entiende que el concepto en color naranja?? es decir se entiende el PODRA!!! que no es lo mismo que se tiene que presentar exactamente en 5 días hábiles???

    como ve?

    Espero sus comentarios

    saludos

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    10 Nov 2009 10:15 #54696 por gaboaranda
    Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: Créditos de IMSS
    Ahora bien esto es un simple escrito, pero ya intentamos cancelar por "ventanilla" esta multa?? es decir en base al numeral LSS 304-D, ya se "apersono" en la subdelegación para tratar de cancelar esta situación??? se lo pregunto antes de presentar el escrito, por lo regular estas multas son canceladas asi!!

    Saludos

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    10 Nov 2009 11:49 - 10 Nov 2009 11:51 #54705 por César Saúl Castro Vázquez
    Respuesta de César Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: Créditos de IMSS
    HOLA : Mi buen Gabrel:
    Sólo una aclaración:
    El Artículo 191 al establecer que el patrón o sujeto ogligado, podrá no es en sentido discrecional u optativo respecto a presentar el escrito dentro de los 5 dias hábiles, más bien es que a dichos patrones o sujetos les dá la oportunidad de presentar el escrito, es decir si quieres presenta el escrito pero presentalo dentro de un plazo no mayor a 5 cinco días hábiles(lo del plazo no es optativo es imperativo).

    Artículo 191. El patrón o sujeto obligado,podrá presentar la solicitud a que se refiere el artículo anterior en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la
    multa impuesta, siempre y cuando no haya interpuesto recurso de inconformidad.






    Saludos

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    10 Nov 2009 12:07 #54709 por gaboaranda
    Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: Créditos de IMSS
    PRegunta saul ya alguna vez has hecho este tipo de cancelación de creditos fiscales???

    saludos

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    10 Nov 2009 12:14 #54710 por César Saúl Castro Vázquez
    Respuesta de César Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: Créditos de IMSS
    HOLA:
    Si mi buen GABO, es mediante el escrito.


    Saludos

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    10 Nov 2009 12:43 #54713 por gaboaranda
    Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: Créditos de IMSS
    César Saúl Castro Vázquez escribió:

    HOLA:
    Si mi buen GABO, es mediante el escrito.


    Saludos


    Entonces ya esta, se dio la primera opción hacer la aclaración en ventanilla y en dado caso asi como tu lo confirmas presentar el escrito!!! ya se dieron los fundamentos legales para que proceda

    Saludos

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