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Si puede tener dos registros patronales en un mismo municipio, (segun el reglamento del IMSS) siempre y cuando tu actividad sea diferente una de otra.
Saludos
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Si buenas tardes tambien para usted
y para ver ese caso le pido que lea el ART 13 del reglamento de Afiliacion, Clasificacio etc del Seguro Social creo que le dejara un buen aprendizaje
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Asi es mi Lic.gaboaranda escribió:
Hola Daniel. Ya el buen Gabo nos dio el fundamento.Si buenas tardes tambien para usted
y para ver ese caso le pido que lea el ART 13 del reglamento de Afiliacion, Clasificacio etc del Seguro Social creo que le dejara un buen aprendizaje
Salu2,
El Lic.
, con la intencion de encontrar lo comentado por el Gabo.Si puede tener dos registros patronales en un mismo municipio, (segun el reglamento del IMSS) siempre y cuando tu actividad sea diferente una de otra.
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