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    ¿Qué procede hacer?

    13 Sep 2012 13:46 #83962 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: ¿Qué procede hacer?
    Aqui , puedes consultar los requisitos.

    Lo recomendable, es que te ayude alguien que ya conozca el tramite, que pudiera ser tu contador.

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    03 Oct 2012 14:28 #84433 por adealba
    Respuesta de adealba sobre el tema Re: ¿Qué procede hacer?
    Definitivamente estas obligado a darle de alta ante el IMSS, pero puedes contratar a la persona que va ha dar el servicio por obra (Como lo hacen las compañías constructoras) y así cuando este termine el trabajo también se termina el contrato laboral y solo tendrás que pagar las cuotas patronales mientras mantengas el contrato o trabajo vigente, también te sirve por si el trabajador tiene un accidente dentro de las instalaciones de tu cliente el trabajador deberá ser atendido por el IMSS y asume la responsabilidad de ese trabajador.

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    Moderadores: Daniel_GtzLuis
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