Radio Aportaciones:  
--:--  | : 8hs-12hs -
Toggle Bar

    Modificacion de Salario

    27 Dic 2014 11:44 #99888 por Daniel_Gtz

    enrique9727 escribió: Es menos rollo, pero no sirve de mucho, porque no se otorga un criterio definitivo. Se ofrece una postura cómoda y nada complicada para no despeinarse. Tan solo se consulta de un término en el tumbaburros. Pues los "tumbaburros", son para saber el significado de las palabras, que no?

    La pregunta realizada es ¿Qué se hace con los ausentamos dentro del articulo 30 LSS? Este articulo sugiere tomar menos días de un bimestre. Lo sugiere o definitivamente me equivocando en la lectura, a simple vista si ofrece que no se consideren los días por ausentismo. Pareciera que asi lo indica.Pareciera? Eso "parece" mas bien, una interpretación.

    Para definir el criterio correcto, se requiere leer TODO EL CAPITULO II DE LAS BASES DE COTIZACIÓN Y DE LAS CUOTAS de la LSS, que comienza desde el artículo 27 hasta el 40 F. Esto resulta ser más o menos 5 o 6 páginas de la LSS, mucho más rollo. Más todavía, que todo el análisis que intenté compartir. Uff qué flojera.Aquí estoy de acuerdo en que hay que leer, mas no para definir un criterio correcto, si no para entender lo que hay que hacer.

    Si no se lee todo el rollo de la ley, que es aburridísimo, no se pudiera llegar a la conclusión que hacer por los ausentismos dentro del artículo 30 de la LSS. Por definitiva interpreto no hacerse algo pues en la ley no se indica que se dejen de tomar estos días por ausentamos dentro del propio numeral 30. El cual se refiere a un procedimiento para determinar EL SBC.Seguimos con lo mismo.... es tu interpretación

    No sucede así, cuando ya cambiamos de procedimiento por COTIZAR EL SBC. Cuando sacamos los EBAs o el SUA, ahí si operan LOS AUSENTIMOS, pero ya estamos en el art 31 LSS.Aquí si, y allá no?

    En el 30 que se fundamentó, y por el cual existe confusión, se llega a la conclusión repito porque no hablan de ausentismo en esta disposición en lo particular, por eso los vocablos sobran: SALARIO DEVENGADO, que van dentro de la frase "número de días de salario devengado en el mismo bimestre", son los que hacen entre ver que si habría que dejar a un lado los días por ausentismos. El legislador Cantinfleo, pero no dijo algo en concreto y nos deja en 2 y 3, corriendo de una base para la otra, pero es que en la ley apenas en la primera base, sobre la misma base, no andamos trasladándonos a sacar CUANTOS DIAS COTIZAREMOS, apenas estamos sacando UN MONTO A COTIZAR el SBC. Los días no son determinantes. Por lo menos dentro del art 30 Caray... si sobraran los vocablos... pues solicita una corrección a la Ley... no?... ahhhh, no, es que el legislador lo señaló mal... ok.

    Y es que se debe chutarse todo el capítulo para llegar a la conclusión, de esta errónea redacción, porque llegaríamos a dos conclusiones fundamentales, después de leer todo el capítulo II mencionado.Lo volvemos a leer

    a) los SBC fijos, se COTIZAN en el MISMO DIA en que se PAGUEN, en relación a la CUOTA DIARIA. Mientras que las demás partidas fijas se COTIZAN de manera anticipada y se PAGAN estas remuneraciones fijas 1 año después. Hasta que se devenguen por completo.

    b) los SBC variables, se COTIZAN un BIMESTRE POSTERIOR de cuando se PAGAN las remuneraciones variables. Y esta conclusión la deducimos, que proceden promediar el SBC variable en base a un promedio bimestral cuando se pagaron, para cubrirse en la COTIZACION en otro bimestre posterior.

    Para extraer interpretaciones y criterios, no se hacen con un simple si o con un no, que pareciera muy sencillo indicarlo. Así como para indicar como es cierta persona, como definirla, por ejemplo Usted compañero Daniel, con una simple fotografía, no lo pudiéramos definirlo. Ese es tan solo un momento estático de menos de 1 segundo en el tiempo. No es tanto rollo. Habría que comenzar desde su estado de gestación recurrir a la madre, para ver cómo fueron sus sacrificios de procreación hasta llegar al momento actual de como se ha llegado a ser un profesional. De igual manera e. Habría mucho rollo que investigarse. En la interpretación de leyes hay que chutarse varias horas de estudio, mucho rollo, mucho análisis, mucho coco, tan solo para llegar en la búsqueda de una comprensión. De lo contrario, en la lectura serían pésimamente malinterpretadas las disposiciones.
    Pues será el sereno... pero no estoy de acuerdo con tu interpretación.

    A mi parecer hay puntos en las leyes que son muy claros, y éste (insisto que es a mi perecer o entender) es uno de ellos.



    Ademas de leer Leyes, hay que saber el significado de las palabras. Así cuando tenemos la duda en la interpretación de alguna Ley, o algún fragmento de esta, hacemos una consulta, ya sea con un amigo, con el "jefe", algún compañero, "googleando", en los foros, en los institutos o colegios, con maestros, etc... Pero cuando tenemos duda con el significado de una palabra, pues.... hay que recurrir al "tumbaburros".

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    27 Dic 2014 23:00 - 28 Dic 2014 19:08 #99912 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema Modificacion de Salario

    A mi parecer hay puntos en las leyes que son muy claros, y éste (insisto que es a mi perecer o entender) es uno de ellos.

    De que esté claro, como dice es SU PARECER Compañero Daniel_Gtz. Le acepto el comentario, pero nunca a modo de OPINIÓN, salvo que le incluya SUS ARGUMENTOS (motivados y fundados legalmente).

    El forista iniciador del tema -roge- al igual que un servidor, NO nos parecieron tan claros. Tan así, que por ahora estamos discutiendo en este foro, estos puntos. De lo contrario, resultaría esteril, continuar hablando del asunto, por tratarse de un asunto diáfano y transparente

    ...Si no se lee todo el rollo de la ley, que es aburridísimo, no se pudiera llegar a la conclusión que hacer por los ausentismos dentro del artículo 30 de la LSS. Por definitiva interpreto no hacerse algo pues en la ley no se indica que se dejen de tomar estos días por ausentamos dentro del propio numeral 30. El cual se refiere a un procedimiento para determinar EL SBC.Seguimos con lo mismo.... es tu interpretación En que momento indique que fuera de otra persona esta interpretacion. Es irrelevante el comentario, como la mayoría de los que vertió compañero Daniel, ya que lejos de controvertirlos, tan solo se reducen a simples comentarios y no de OPINIONES sustentables

    No sucede así, cuando ya cambiamos de procedimiento por COTIZAR EL SBC. Cuando sacamos los EBAs o el SUA, ahí si operan LOS AUSENTIMOS, pero ya estamos en el art 31 LSS.Aquí si, y allá no? Señalé las razones, si no se comprendió, no es mi culpa. Esto representaria ser un problema ya de lectura que queda fuera de mi alcance y posibilidades



    Que bien que exista la divergencia de opiniones. En verdad eso me entusiasma mucho.
    Pero de OPINIONES. De confrontar criterios con peso FUNDAMENTADO Y MOTIVADO, que se viertan ARGUMENTOS
    No con tan simples COMENTARIOS de lengua, que son palabras huecas...

    Es muy facil indicar NO estoy de acuerdo y sólo DECIRLO sin argumentaciones de peso. Desde MI APRECIACIÓN esto no es SER ÉTICO, NI PROFESIONAL. Pero bueno cada quien, hace lo que puede y como quiera hacerlo. Es UN DERECHO FUNDAMENTAL que debiera de incluirse en el Netiquette


    El empleo de los "tumbaburros", jamás lo demerité. Lo que pretendí, es señalar que con tan sólo esta herramienta, apenas sería el comienzo de un largo estudio y análisis de las leyes. Pues, esulta ser INSUFICIENTE para proponer un criterio o interpretación incluso en su guisa vaga.

    Unas últimas apreciaciones y SUGERENCIA, compañero Daniel_Gtz:

    No recuerdo cuándo Usted indicó que necesitaba ser asistido. Fue el forista -roge- quien solicitó apoyo.

    Quien me debiera refutar mis aseveraciones o falsedades es el forista inciador del tema -roge-, y hasta el momento no he recibido notificación de que alguién más deba fungir, como su representante. Ni tampoco observé qué momento, se sumó en alguna duda al tema en general.


    Bueno creo que lo loable sería que Usted vierta SU VERSIÓN y yo la MÍA, por separado. Luego el problema de discordia lo resulve el propio forista iniciador -roge-


    PERO Si me refuta o su defecto, lo hiciera para con Usted. Pongásmole CREMA Y SALSA a los tacos de lengua. Es decir, indiquemos nuestros ARGUMENTOS /fundados y motivados/ No los tiene o ni yo: CALLADOS NOS VEREMOS MÁS BONITOS

    Ah por cierto: Cuando "tenga" que leer y lo mismo repetido, ademas de no gustarle, existe una simple solucion, No se moleste y NOMÁS NO LO LEA, Nadie le esta solicitado que haga sacrificios, Usted es quien tiene el libre albedrio y el control de su vida. No sea masoquista, ni se martirice.


    Gracias por sus comentarios y por la oportunidad

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    29 Dic 2014 10:41 #99921 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Modificacion de Salario

    enrique9727 escribió: .....

    El forista iniciador del tema -roge- al igual que un servidor, NO nos parecieron tan claros. Tan así, que por ahora estamos discutiendo en este foro, estos puntos. De lo contrario, resultaría esteril, continuar hablando del asunto, por tratarse de un asunto diáfano y transparente

    Bueno... como bien dices, hay que aprender a leer....

    roge escribió: claro que si, me quedo muy claro, muchas gracias Daniel_ Gtz

    saludos cordiales

    [/color]
    .....

    Que bien que exista la divergencia de opiniones. En verdad eso me entusiasma mucho.
    Pero de OPINIONES. De confrontar criterios con peso FUNDAMENTADO Y MOTIVADO, que se viertan ARGUMENTOS
    No con tan simples COMENTARIOS de lengua, que son palabras huecas...

    Es muy facil indicar NO estoy de acuerdo y sólo DECIRLO sin argumentaciones de peso. Desde MI APRECIACIÓN esto no es SER ÉTICO, NI PROFESIONAL. Pero bueno cada quien, hace lo que puede y como quiera hacerlo.

    Caray... Señale, en su oportunidad, el articulo de la LSS al que se debe referir, quien inicio el topico, asi como se le dio una breve explicación del mismo, al el mismo comentar una duda sobre el mismo.

    [/color]

    ...

    Unas últimas apreciaciones y SUGERENCIA, compañero Daniel_Gtz:

    No recuerdo cuándo Usted indicó que necesitaba ser asistido. Fue el forista -roge- quien solicitó apoyo.

    Quien me debiera refutar mis aseveraciones o falsedades es el forista inciador del tema -roge-, y hasta el momento no he recibido notificación de que alguién más deba fungir, como su representante. Ni tampoco observé qué momento, se sumó en alguna duda al tema en general.

    Pues bueno.... Ahora resulta que en un foro libre de opiniones, uno no puede dar la suya? Digo, en un topico donde el forista que tuvo una duda, al cual se le apoyo, y comento que tenia claro el concepto... hay que añadir mas? Si es posible esto, o no? Pues si es posible, tanto así, que seguimos escribiendo aquí.

    [/color]
    ....

    Por cierto... ya que mencionas el Netiquette, no GRITES.


    Aaahhhh, y no te vayas a ahogar con los tacos de lengua.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    31 Dic 2014 10:51 #99956 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema Modificacion de Salario

    Por cierto... ya que mencionas el Netiquette, no GRITES


    Y¿ por qué lo hace Usted? Si indica que habría que respetar el mentado reglamento. Ponga el ejemplo, no sólo lo comente.

    Quien inmiscuyó el susodicho reglamento fue Usted. En mi caso, le proseguí que le haría falta adicionar una regla de suma importancia, que por lo visto, ni siquiera la percibió.

    No nos pondremos de acuerdo que esto no es gritar. Es introducir ÉNFASIS, el texto, que por cierto no hay ruido al percibirse. No pasa, nada.

    Como tampoco entenderá que sus aportaciones no son OPINIONES. Donde en su primer intervención estuvo más cerca, al fundamentar un comentario. Pero no vertió algún criterio generado por Usted. Por las posteriores, simplemente fueron comentarios, Usted dirá que sí los fueron. No pasa nada.

    Usted indica que respete el reglamento, le indico que siempre lo he respetado sin tenerlo. Que por mi parte Usted no realiza intervenciones de manera ética y no me refiero a ofrecer meramente comentarios que no son opiniones. Se pudieran externar, pero sin realizar exhibiciones que realiza, ni las intromisiones donde no le han llamado. Tampoco pasa algo.

    Todo lo anterior NO SON OPINIONES. Fueron simplemente comentarios. Y no me diga que no le gustan los tacos de lengua... Si ya hasta nos hartamos con gusto. Si nota bien jamás he dicho que sea malo, los excesos serían lo malo. Y que hay de tacos a tacos. Pongámosle cuando menos algo de salsa y crema... Comentarios con criterios propios, fundamentaciones legales y no tan sólo palabritas al aire. Pero si no, no pasa nada. No se acaba el mundo. Simplemente son divergencias en apreciaciones.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    02 Ene 2015 09:52 #99976 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Modificacion de Salario
    Saludos...

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Moderadores: Daniel_GtzLuis
    Tiempo de carga de la página: 0.399 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 336 invitados y ningún miembro en línea