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    Despido por abuso de confianza

    06 Ago 2009 14:31 #50923 por Salinas
    Buenas tardes,

    Mucho les agradecere su opinion sobre la situacion que les planteo,

    Un empleado de uno de nuestros clientes dispuso de efectivo y bienes que estan en custodia de la empresa pero que no son propiedad de la misma. Cuando fue descubierto este abuso de confianza el monto del mismo alcanzo los 200,000.00. EL empleado no nego los hechos y argumenta que pagara el monto total, pero no cuenta con bienes ni avales que puedan garantizar el pago, de tal forma que el administrador de la empresa ha decidido llevar el caso mediante una demanda por abuso de confianza. El empleado sigue presentandose a laborar obviamente con funciones limitadas. La duda sobre la cual les solicito su opinion es que hemos realizado esta consulta con tres abogados con los que tenemos soporte profesional y opinan diferente en cuanto a la realcion labora.

    Dos de ellos opinan que se debe rescindir la relacion laboral primero antes de entrar en una demanda judicial porque el empleqado podria entablar una demanda por despido injustificado.

    Otros abogado pina que no es necesario rescindir la relacion laboral y realizar la demanda teniendolo como empleaod activo.

    Si en la practica profesional se les ha presentado esta situacion les agradecer me compartan su experiencia sobre si han rescindid antes o depues de lo penal la realcion laboral y que resultados han obtenido,

    Gracias,

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    06 Ago 2009 15:37 #50930 por jjfarias
    Respuesta de jjfarias sobre el tema Re: Despido por abuso de confianza
    Salinas escribió:

    Buenas tardes,

    Mucho les agradecere su opinion sobre la situacion que les planteo,

    Un empleado de uno de nuestros clientes dispuso de efectivo y bienes que estan en custodia de la empresa pero que no son propiedad de la misma. Cuando fue descubierto este abuso de confianza el monto del mismo alcanzo los 200,000.00. EL empleado no nego los hechos y argumenta que pagara el monto total, pero no cuenta con bienes ni avales que puedan garantizar el pago, de tal forma que el administrador de la empresa ha decidido llevar el caso mediante una demanda por abuso de confianza. El empleado sigue presentandose a laborar obviamente con funciones limitadas. La duda sobre la cual les solicito su opinion es que hemos realizado esta consulta con tres abogados con los que tenemos soporte profesional y opinan diferente en cuanto a la realcion labora.

    Dos de ellos opinan que se debe rescindir la relacion laboral primero antes de entrar en una demanda judicial porque el empleqado podria entablar una demanda por despido injustificado.

    Otros abogado pina que no es necesario rescindir la relacion laboral y realizar la demanda teniendolo como empleaod activo.

    Si en la practica profesional se les ha presentado esta situacion les agradecer me compartan su experiencia sobre si han rescindid antes o depues de lo penal la realcion laboral y que resultados han obtenido,

    Gracias,


    En lo personal siempre he recomendado arreglar primero lo laboral y despues seguir con la instancia competente, suele suceder que por cuestiones de calentura, se manda traer a la policia se le detiene al trabajador acusandolo (como por ejemplo de robo) al no contar con elementos para integrarse una posible averiguacion previa el trabajador sale y demanda al Patrón por despido injustificado.

    Precisamente en una de las empresas que le prestamos servicios en Guadalajara se presento un problema similar hace un año y a la fecha no han podido llegar a un arreglo en el Juicio Laboral, por su parte el procedimiento penal esta practicamente esta parado.

    Pero las opiniones varian de acuerdo a las circunstancias, supongo auqellos que opinan que lo rescindas son abogados laboristas, mientras que el de la otra opinion es penalista y quiere que el patron recupere el dinero.

    Sin embargo a como me lo comentas va a ser muy complicado que el Patrón recupere el monto total, maxime que el trabajador no tiene bienes.

    Saludos¡¡¡

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    06 Ago 2009 15:44 #50931 por Salinas
    Respuesta de Salinas sobre el tema Re: Despido por abuso de confianza
    Agradezco tu comentario jjfarias

    Saludos,

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    07 Ago 2009 08:20 #50958 por Luis
    Respuesta de Luis sobre el tema Re: Despido por abuso de confianza
    Hola Salinas:

    Un placer saludarte, coincido con el Maestro JJFarìas, es importante desligar la situaciòn laboral de la penal, siento que la opiniòn de los dos abogados es la adecuada y debidamente asesorado por un abogado en lo laboral tal vez con el fin de agilizar esta eventualidad, se pueda negociar lo de la separaciòn laboral, como bien dice el maestro va a ser dificil la recuperaciòn de lo robado y preferible sufragar esta pèrdida y no acrecentarla con mayores erogaciones que van a llevar tiempo, dinero y esfuerzo.

    Saludos y estoy a tus ordenes.:)

    Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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    07 Ago 2009 08:36 #50963 por Salinas
    Respuesta de Salinas sobre el tema Re: Despido por abuso de confianza
    Buenos dias Luis,

    Gracias por el comentario al igual que el de jfarias, creo que como mencionan lo mas importante de inicio es el aspecto laboral.

    Saludos,

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    07 Ago 2009 10:06 #50972 por Albert07
    Respuesta de Albert07 sobre el tema Re: Despido por abuso de confianza
    Muy acertadas las opiniones de Jjfarias y Luis, en lo personal les agradezco ya que son muy buenos consejos.

    Por otro lado, y para el resto de la comunidad, como sabiamente se dice "más vale prevenir que lamentar" expresado de otro modo, la prevención nos representa muchos ahorros en el más grande de nuestros recursos, el tiempo...

    El más valioso pues con él podemos hacer todo y sin él, dejamos de hacer mucho!

    El punto es; que sería importante implementar una serie de "Politicas para el manejo de recursos monetarios", en las que, de manera general:

    a) Quede formalmente delegada la responsabilidad de quien los manejará.
    b) Quede perfectamente establecido que los recursos se utilizarán en beneficio de la empresa.
    c) El responsable del manejo de dichos reursos, al momento de la delegación formal y de la recepción del recurso inicial deberá firmar un pagaré a favor de la empresa hasta por el monto manejado.
    Como clausula especial se referirá que el pagaré será devuelto, una vez que la utilización de los recursos hayan quedado debidamente comprobados, en caso contrario, la empresa podrá ejercer la acción correspondiente.

    d) Debe quedar establecida la cantidad máxima que la persona podrá disponer en efectivo.

    e) Se deben establecer los parametros para la utilización de los recursos, entre ellos:

    - Toda utilización o salidas de efectivo deberán respaldarse con documentación comprobatoria a nombre de la empresa, misma que, para ser válida, deberá reúnir todos los requisitos fiscales vigentes.
    - Dicha comprobación debera llevarse a cabo dentro del mismo día en que el dinero fue utilziado o a más tardar el día siguiente.
    - En caso de que la comprobación no se de dentro del término aquí estipulado, la cantidad no comprobada adquirirá el carácter de adeudo del trabajador para con la empresa, la cual podrá ser recuperada por ésta vía descuento por nómina.
    - Toda utilización, además de comprobarse coforme a lo anterior, deberá registrarse en la hoja de control correspondiente.
    - Dicha hoja de control estará a disponsición de la empresa, para que en el momento que esta estime conveniente pueda llevar a acabo su revisión y evaluación, dicha revisión la podrá llevar a cabo por conducto de su área contable, financiera, despachos externos o por quien considere pertinentes.

    De dicha revisión; la empresa podrá determinar la procedencia de los gastos realizados, se podrán determinar diferencias no comprobados y derivado de ello se podrán establecer descuentos a efectuar por montos no erogados a favor de la empresa.

    Si no hubiera observaciones; la empresa podrá autorizar su reposición a fin de garantizar la continuidad en la operación de la empresa o en caso de que haya remanente se aplazará la reposición, todo esto con el fin de utilizar de manera óptima todos los recursos monetarios.

    En el mismo tenór, se deberán establecer ciertas limitaciones, entre ellas:

    A) Que todas las facturas cobradas en efectivo deberán ser reportadas inmediatamente a la tesorería de la empresa, para que por su conducto sean canalizadas al banco.

    Por lo anterior, todas las facturas cobradas en efectivo que no sean reportadas conforme a lo anterior serán considerarán cuentas por cobrar a cargo del encargado de la utilización de los recursos, adeudo que será recuperado vía descuentos por nómina.
    B) Se prohíbe efectuar autopréstamos o prestamos al personal de la empresa.

    C) El reintegro de recursos, sólo se autorizará una vez que todos los gastos reportados hayan sido debidamente comprobados y aprobados por la empresa.

    Pienso que esta sería una herramienta que como empresa nos ayuda a prevenir este tipo de situaciones.
    Es importante comentar que tanto de la constitución, como de las revisiones que efectúe la empresa, se deberán elaborar las actas respectivas ante testigos presenciales de tales hechos.
    Estas actas, nos servirán como precedentes y, en su caso, como pruebas idóneas en caso de juicios.

    Además de lo anterior, nos ayudarán a inhibir ciertas conductas impropias por parte de los colaboradores.

    Cierto, no se erradica el problema al 100%, pero sin lugar a dudas, nos ayudará a reducir en gran medida el riesgo de ser víctimas de ésto y evitar todo el tipo de molestias que esto desencadena.

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