Hola que tal damas y caballeros, esta ocasión emitimos los siguientes comentarios al respecto de la posible "Fusión" de Firmas Digitales para agilizar los tramites ante el IMSS y ante el SAT, ante ello hay que analizar un poco el comunicado emitido por para el IMSS:
NOTA DE HOY
“2010, año de la Patria. Bicentenario del Inicio de la Independencia y Centenario del Inicio de la Revolución”
Martes 7 de septiembre de 2010
.....
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) firmaron hoy un Convenio de Colaboración Administrativa para el Intercambio de Información en materia fiscal.
Mediante este convenio se establecen los mecanismos para el intercambio de documentación, informes o datos, con la finalidad de mejorar el desarrollo y cumplimiento de las funciones de ambas instituciones como autoridades fiscales, acordando la confidencialidad y reserva de la misma.
Tanto el SAT como el IMSS colaborarán para el reconocimiento de la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) de las personas físicas, por lo que el IMSS la utilizará como medio de autenticación de identidad en las transacciones que lleve a cabo con los particulares, para lo cual implementará la infraestructura tecnológica necesaria, que le permita verificar en línea la validez y vigencia del certificado digital de la Fiel.
Aquí hacemos un alto, para en primer lugar aclarar el punto que se subrayo en color diferente, esto es, la FIEL, va a servir para "sustituir" a la NPIE, la Firma Electrónica del IMSS, vamos al certificado que ocupamos todos los patrones para ingresar al IDSE y hacer todos los tramites que están autorizados en ese sistema, pero solo de PATRONES PERSONAS FISICAS al momento, es decir, según palabras textuales del comunicado las GRANDES EMPRESAS no será útil este convenio, por lo tanto hay que esperar primero algún otra información.
Además, tenemos que tener muy presente, que a pesar de ser muy parecidas, en cuanto a su contenido, existe un mundo de diferencia entre ambas Firmas Electrónicas, ya que la FIEL ya se ocupa en un gran porcentaje de actividades fiscales, y la Firma Digital(Numero Patronal de Identificación Electrónica) veamos en términos breves las diferencias:
Además, tenemos que tener muy presente, que a pesar de ser muy parecidas, en cuanto a su contenido, existe un mundo de diferencia entre ambas Firmas Electrónicas, ya que la FIEL ya se ocupa en un gran porcentaje de actividades fiscales, y la Firma Digital(Numero Patronal de Identificación Electrónica) veamos en términos breves las diferencias:
En general estos puntos son solo unos pocos de todas la diferencias entre ambas Firmas, por lo que hay que esperar mas información al respecto como comentario final podemos concluir que es una gran idea un gran proyecto, pero falta acuerdos de consejo técnico, resoluciones misceláneas etc, hay que recordar que no basta con un "comunicado" firmado por el Dir Gral del IMSS, véase numeral LSS 251, hay mas por delante así que hay que tomar esta información con mucha reserva
El 9 de julio de 2009 se publicó reforma a la Ley del Seguro Social para regular a las empresas prestadoras de servicios de personal o denominadas de outsourcing.