El día de hoy 31 de mayo se publica en el DOF la 2da Modificación a la RMF 2013 así como a su anexo 3, la cual contiene principalmente cambios en materia de Comprobantes Fiscales como:
- Desaparece la posibilidad de continuar expidiendo Comprobante Fiscal Digital (CFD). Aquellos contribuyentes que se encuentre expidiendo este tipo de comprobantes en su versión 2.0, podrán continuar haciéndolo hasta el 31 de diciembre de 2013.
- Se restringe la facilidad de expedir comprobantes con Código de Barras Bidimensional (CBB) para ser aplicable únicamente a contribuyentes cuyos ingresos acumulables en el ejercicio anterior no hubieran superado los $250,000 pesos. A partir de enero de 2014, quienes aún tengan comprobantes impresos por utilizar de este tipo, podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, siempre que sus ingresos en 2013 no excedan de la citada cantidad.
- Quienes inicien actividades en 2014 no puede aplicar la opción de comprobantes con CBB.
- Se modifica una serie de reglas referidas a comprobantes fiscales del sistema financiero.
- Se modifican todas las referencias de “CIEC” a “Contraseña”.