Estimados amigos en medio de toda la “fiebre” del SIPARE IMSS, hace unas horas, el día de hoy(18/06/2013) en elPeriódico El Universal, aparece publicada la información que el INFONACOT ya abrió por completo la posibilidad que hasta hace unos meses era muy remota, la inscripción obligatoria de los centro de trabajo a este Instituto, aparece lo siguiente:
El Director General del Infonacot, César Martínez Baranda, anunció el arranque de la campaña permanente de afiliación vía internet, con lo que podrán registrarse los más de 835 mil centros de trabajo antes de finalizar el año, según se señala en la Ley Federal del Trabajo.
Por tal motivo, el Instituto lanzó un micrositio para que las empresas de todos tamaños se afilien al Infonacot de una forma ágil, sencilla y de manera gratuita, comentó el funcionario.Martínez Baranda señaló que la campaña de afiliación de empresas en todo el país, permitirá que más de 15 millones de trabajadores tengan acceso a los créditos del Instituto, que ofrecen plazos de liquidación que van de 6 hasta 36 meses y con las mejores condiciones financieras.
Además, mencionó que el micrositio, puesto en marcha el día de hoy, será una herramienta valiosa para que miles de empresas se afilien sin necesidad de asistir a alguna de las oficinas del Infonacot. Sin embargo, quienes opten por hacerlo personalmente, podrán acudir a las más de 80 sucursales a nivel nacional con las que cuenta el Instituto, donde recibirán la asesoría necesaria para su registro.
Debemos recordar estimados amigos que esta inscripción ya es obligatoria debido a la Reforma Laboral publicada en el DOF el 30/11/2012 y con ella debemos de observar las siguientes cuestiones:
INFONACOT OBLIGATORIO
Todos los patrones en nuestro país estarán obligados a afiliarse el INFONACOT a partir de la entrada en vigor de la Reforma a la Ley Federal del Trabajo.(Art 123 Fracc XXVI bis) En caso de no estar afiliado se tendrá un plazo no mayor de 12 meses para realizar todos los tramites al respecto (Art 2 Transitorio) que se vencen el 30 de Noviembre de 2013 El descontar y enterar los descuento que estipule el INFONACOT para ello debemos tomar en cuenta si gana solo un salario mínimo, descontaremos máximo el 10% de su Salario, y si gana mas de un salario mínimo el máximo a descontar seria 20% . Los descuentos por INFONACOT no convierte al patrón en deudor solidario del crédito que se haya concedido al trabajador(art 132 fracc XXVI)
Así que estimados lectores a partir de hoy ya se pueden afiliar al INFONACOT por medio del siguiente sitio web:
http://infonacot.gob.mx/creditofonacot/empresa/Paginas/Afiliaaquituempresa.aspx
Requisitos para afiliarse por Internet al INFONACOT:
- Estar inscrita ante el Servicio de Administración Tributaria.
- Contar con el régimen de seguridad social ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Estar inscrita ante el Servicio de Administración Tributaria.
- Ser una sociedad o asociación constituida bajo el marco legal vigente.
- Contar con el régimen de seguridad social en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Adicionalmente se solicita lo siguiente:
Información requerida para afiliación de Centros de Trabajo (Iniciativa Privada).
El trámite de Afiliación del Centro de Trabajo es responsabilidad del Propietario o Representante Legal ya que se verificará la información que proporcione y deberá ser autenticada con su FIEL o CURP. Por lo anterior, la empresa que se afilie al INFONACOT a través de la página de internet, deberá contar con la siguiente información:
- Número de Seguridad Social Patronal del Centro de Trabajo.
- Datos generales del Propietario o Representante Legal.
- Firma Electrónica Avanzada FIEL, o
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
Ahora el mismo INFONACOT nos menciona que podemos consultar cual es nuestra oficina más cerca para realizar cualquier gestión ante este instituto…. http://infonacot.gob.mx/creditofonacot/empresa/Paginas/DirectorioOficinas.aspx
Así que estimados amigos, el pretexto del “año” de antigüedad como centro de trabajo para inscribirse que algunas oficinas estaban solicitado ya quedo atrás, y ya no hay pretextos a cumplir con su obligación laboral ya!!