El martes 18 de julio de 2017 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2017, en dicha publicación se menciona que se MODIFICA el Anexo 20 de dicha Resolución ¿De qué habla el Anexo 20? Habla sobre la estructura electrónica que deben tener los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), la cual se actualizara de la versión 3.2 a la versión 3.3. Esta modificación está provocando muchos dolores de cabeza para empresarios y asesores, dado que es más una herramienta fiscalizadora que un elemento de simplificación administrativa. Veamos de qué se trata esta ACTUALIZACION de versión.
Antes de ir directo a la materia debo mencionar que en este documento hablare de CFDI de ingreso, en lugar de mencionar Factura, Recibo de arrendamiento, Nota de cargo, etc. Y mencionare CFDI de egreso en lugar de mencionar nota de crédito o devolución. Cuando solo mencione CFDI hablare de ambos, ingreso y egreso. Hablare de emisor del documento, en lugar de mencionar empresa o contribuyente y además mencionare al receptor del documento, en lugar de llamarlo cliente.
Datos del emisor del documento
Como empresa seguramente habrás notado que hasta hoy día al momento de emitir un CFDI de ingreso o egreso era INDISPENSABLE que el mismo tuviera los siguientes datos del emisor:
- Nombre, denominación o razón social
- Registro Federal de Contribuyentes
- Domicilio del contribuyente, que incluye
- Calle y numero
- Colonia
- Localidad
- Municipio y Entidad Federativa
- Código Postal
- Domicilio del lugar de la emisión, en caso de que se emitirá en una sucursal.
- Régimen fiscal del contribuyente
Ahora con la actualización a la versión 3.3 del CFDI al momento de emitir el documento, estos son los datos del emisor que DEBERA contener el documento:
- Nombre, denominación o razón social
- Registro Federal de Contribuyentes
- Código postal del lugar de expedición del comprobante, conforme al registro de Códigos Postales de SEPOMEX (Servicio Postal Mexicano), el mismo consta de cinco dígitos. Ejemplo: Uruapan, Michoacán Centro, Código Postal 60000
- Clave del régimen fiscal del contribuyente, el cual debemos seleccionar del catálogo establecido por el SAT. Dicha clave consta de 3 números. Ejemplo: Régimen General de Ley de las Personas Morales, Clave 601
Como se aprecia existe una simplificación administrativa al no ser obligatorio anotar TODO el domicilio del emisor del CFDI, pero también es cierto que para fines de marca nos interesa que dicho domicilio este visible para el cliente para una posible nueva compra de nuestros productos. Ya no es un dato indispensable pero aun así, podríamos incluirlo dentro del documento. En cuanto al Régimen Fiscal se daba el caso que muchos en la actual versión de CFDI lo anotaban con abreviaturas (RIF, Act. Reg,) y esto confundía a la autoridad, por tal razón y para crear uniformidad en esta información se estableció el catalogo.
Datos del receptor del documento
Al momento de emitir un CFDI era normal que le pidieras al receptor del documento TODOS sus datos fiscales para incluirlos en el cuerpo del CFDI, los datos del receptor que venían en el documento eran los siguientes:
- Nombre, denominación o razón social
- Registro Federal de Contribuyentes
- Domicilio del contribuyente, que incluye
- Calle y numero
- Colonia
- Localidad
- Municipio y Entidad Federativa
- País
- Código Postal
Ahora con la actualización a la versión 3.3 ya no se anotara NINGUN DATO relativo al Domicilio del receptor, quedando solo como datos obligatorios del receptor el Nombre, denominación o razón social y su Registro Federal de Contribuyentes.
Esta modificación implica un cambio muy relevante. Un CFDI sin el domicilio del receptor implicara un problema para la oficina de Cobranza, en caso de ser una operación a crédito. Este dato deja de ser obligatorio, pero aun así el emisor podría incluir dicho dato (El domicilio) como un dato adicional en el CFDI.
Al desaparecer el dato relativo al domicilio del receptor del documento ¿Cómo detectar si el mismo es residente en el extranjero o en el país? Para tal efecto se adiciono como dato el País de Residencia del receptor del documento, solo en caso de que el receptor sea residente en el extranjero, esto mediante una clave del catálogo establecido por el SAT. Esta clave constara de tres dígitos, Ejemplo: USA Estados Unidos. También se deberá anotar el Número de identidad Fiscal que le hayan asignado en dicho país.
Un dato que se adicionara en el área del receptor del documento es el relativo al USO que se le dará a dicho documento. Este dato le indicara a la autoridad fiscal si DEDUCIRAS para impuestos el comprobante de forma de gasto, compra de productos, deducción personal u otra forma. La clave será de tres dígitos y considero que algunas de las claves más usadas seguramente serán las siguientes:
- G01 Adquisición de mercancías
- G03 Gastos en general
- I02 Mobiliario y equipo de oficina para inversiones
- I04 Equipo de cómputo y accesorios
- D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
El receptor del documento DEBERA informar cual clave desea que se anota en el documento. En caso de que la persona que solicite el comprobante no tenga idea de cuál será el USO que le darán a dicho CFDI entonces deberá mencionárselo al emisor y en esa situación se deberá anotar la siguiente clave: P01 Por definir.
Estas y las demás modificaciones entraran en vigor el 1 de diciembre de 2017. En futuras entregas veremos los demás datos que debe contener el CFDI, en su nueva versión 3.3. Quedo a sus órdenes.
CP Enrique Corona
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