Este año que recién inicia contempla siete días festivos oficiales, no laborables, y cinco puentes, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.
Conviene considerar que a partir del 1 de enero de 2023, además, entra en vigor la modificación a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para incrementar los días de vacaciones, que podrán tomarse de manera continua o, si el trabajador consiente, de forma fraccionada.
Según el artículo 74 de la LFT se enumeran los días de descanso obligatorio.
Domingo 1 de enero: Año Nuevo
Lunes 6 de febrero: Día de la Constitución Mexicana, primer “fin de semana largo”
Lunes 20 de marzo: Natalicio de Benito Juárez, segundo “fin de semana largo”
Lunes 1 de mayo: Día Internacional de los Trabajadores, tercer “fin de semana largo”
Sábado 16 de septiembre: Día de la Independencia de México.
Lunes 20 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana, cuarto “fin de semana largo”
Lunes 25 de diciembre: Navidad, último “fin de semana largo”