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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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POTENCIALES MULTAS AL CONTADOR QUE NO CUMPLA......
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pues creo que conozco un monton no solo de buenos , sino excelentes fiscalistas, que TODO LO DEJAN POR ESCRITO, Precisamente porque lo son ,EN OCASIONES SON CARTITAS Y OTRAS CARTOOOTAS.
es por ello que literalmente jamas tiene problema con sus clientes porque existe "la forma" dentro de su acuerdo de voluntades
en fin , vuelvo a repetir, ...ahi esta la informacion para quien desee tomarla
saludos y gracias por sus aportacionesfiscales
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"Un buen asesor fiscal, dificilmente elaborarà esta "cartita" a su cliente, ya que si su cliente lo està llamando es precisamente porque este fiscalista tiene un profundo conocimiento de la Ley y serà responsable solidario para con su cliente en todo a lo que su asesoria respecta."
pues creo que conozco un monton no solo de buenos , sino excelentes fiscalistas, que TODO LO DEJAN POR ESCRITO, Precisamente porque lo son ,EN OCASIONES SON CARTITAS Y OTRAS CARTOOOTAS.
es por ello que literalmente jamas tiene problema con sus clientes porque existe "la forma" dentro de su acuerdo de voluntades
en fin , vuelvo a repetir, ...ahi esta la informacion para quien desee tomarla
saludos y gracias por sus aportacionesfiscales
PUEDEN SER CARTITAS O CARTOTAS, PERO CON OTRO CONTENIDO..EL PAGO DE SUS HONORARIOS POR EJEMPLO.
Insisto.Dificilmente el fiscalista le dirà a su cliente:
"" Te elaboro este escrito, debido a que todo lo que te estoy diciendo que hagas es contrario al punto de vista de la autoridad fiscal"""
PERO SI POR SUPUESTO. LOS PUNTOS DE VISTA DEL FISCALISTA CASI SIEMPRE SON CONTRARIOS A LOS DE LA AUTORIDAD FISCAL, PERO DENTRO DE LO QUE MARCAN LAS LEYES.
Caso contrario.¿¿¿Para que llamar a un fiscalist??? ¿¿Que sentido tiene???
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Quienes en la actualidad ofrecen sus servicios para interponer amparos en contra del IETU o del IDE, encuadran perfectamente bien dentro de lo especificado en el articulo 89 Fracciòn I, puesto que estan asesorando, aconsejando y aùn mas, prestando un servicio para omitir el pago de estas contribuciones.
Por supuesto, contraviniendo las disposiciones fiscales, definiendo contravenir como "Obrar en contra de lo que està mandado".
¿¿Elaboraran ellos la cartita?? ¿¿Le haran saber a su cliente que el derecho que tienen de defenderse es contrario a los criterios del SAT???
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- LOBOZAC
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Te pongo un ejemplo:
Quienes en la actualidad ofrecen sus servicios para interponer amparos en contra del IETU o del IDE, encuadran perfectamente bien dentro de lo especificado en el articulo 89 Fracciòn I, puesto que estan asesorando, aconsejando y aùn mas, prestando un servicio para omitir el pago de estas contribuciones.
Por supuesto, contraviniendo las disposiciones fiscales, definiendo contravenir como "Obrar en contra de lo que està mandado".
¿¿Elaboraran ellos la cartita?? ¿¿Le haran saber a su cliente que el derecho que tienen de defenderse es contrario a los criterios del SAT???
necesitas preguntarles a ellos, ....esto si mo te lo puedo yo rsponder, porque no estoy en el supuesto
y te sigo mandando saludos hombre, al fin de que lo cortés NO QUITA LO VALIENTE.........no te lo tomes tan a pecho robcast, es mi interpretacion, es mi forma de ser, creo que NO TE OFENDO CON ELLO, ni tengo nada personal en contra tuya, NI TENGO LA VERDAD ABSOLUTA,..... .ni tu, si esto sirve a alguien como YA HA SIDO EL CASO, excelente, sino sirve, ni modo, respetame , te respeto, respetamos en entorno....y todos contentos
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- Robcast
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No te enojes LOBOSAC...como dices, tal ves estos comentarios le sirvan a alguien: Por supuesto, no estoy en contra tuya, sinó de lo que a mi juicio la autoridad pretende propiciar con esta medida.
Y, NO ME OFENDES, si ese fuera mi sentir ya te lo hubiera manifestado, pero si lamento profundamento que mis comentarios motiven cierto malestar en ti. No es mi intención.Por lo tanto te pido mil disculpas. Voy a procurar modificar el tono de mis participaciones..
Saludos
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