Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

Venta de activo grava IETU

Más
18 años 2 meses antes - 18 años 2 meses antes #28753 por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: Venta de activo grava IETU
Saúl Castro Vázquez escribió:

Sobre este tema hay una respuesta positiva.
Analicen bien:
-El origen del ingreso.
-Su deducción.
IETU a partir de 2008= INGRESOS-DEDUCCIONES de lo que generó el ingreso=Flujo neto.IETU no es=INGRESOSx16.5%

Saludos
C.P. Saúl Castro Vázquez
harinas@webtelmex.net.mx



Usted menciona algo positiva... favor de orientarme de forma legal su criterio...

si bien es cierto.. y todos los de este foro, estamos de acuerdo en que ingreso-deduciones= base gravable..... pero en lo que no estoy de acuerdo... y creame. sin fundamentos legales donde usted manifiesta... que podra ser acto de una deduccion, dependiendo el origen del ingreso ??????... con el debido respeto, existe una gran confusion.....

REQUISITOS DE LAS DEDUCCIONES...

-Deben de corresponder a bienes o servicios cuya enajenacion,concesion del uso o goce o prestacion, CORRESPONDAN A ACTIVIDADES ( PROCESO y FACTORES DE PRODUCCION )POR LAS QUE SE DEBA PAGAR LA CONTRIBUCION..... si usted observa, o analiza, la esencia del ietu,,, va mas que enfocada o dirigida a estos procesos o factores... de ahi se origina una base mas amplia de gravamen..



-Deban de ser ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES GRAVADAS...... si usted mira bien el topico.... con la venta de los activos de años anteriores YA PAGADOS, se esta cubriendo una obligacion....meramente fianciera , es decir, la entidad o empresa se esta CAPITALIZANDO..... Y CON dicha capitalizacion usted formara... PARTE DE UN INVENTARIO, COMPRAS, INVERSIONES, GASTOS, ETC, ETC. LAS CUALES SE GENERAN EN UN MISMO CICLO DE PROCESO DE PRODUCCION PARA PODER GENERAR UNA ACTIVIDAD GRAVADA.......si usted piensa que un proceso de produccion es una enajenacion de un bien YA PAGADO para cubrir una obligacion.. y todavia deducirlo ( activos ) pos no..... imaginando sus estados financieros.... tanto como para isr y el mismo ietu....



-Debe estar efectivamente pagadas al momento de su deduccion.... DICHOS ACTIVOS YA FUERON PAGADOS EN AÑOS ANTERIORES... ( favor de mirar bien el topico )...favor de recordar que estos deben ser o son similares a las de la ley del iva... para su deducibilidad....esperando que no confunda las provisiones..... los cuales en este nuevo gravamen EXITEN UNICAMENTE PARA CONTROL FINANCIERO... ya su efecto FISCAL... seran los pagos y cobros de los bienes adquridos con este nuevo gravamen...


-todos deben de ser deducibles para ISR... hasta donde conosco ningun activo ES DEDUCIBLE AL 100%. AUNQUE ESTE YA FUERA PAGADO....los activos se deducen via DEPRECIACION.... y lamentable en la LIETU.... NO EXISTE TAL DFEDUCCION..

Las explicaciones dadas por la autoridad para este tipo de actos son :

en el ambito economico, el importe de las depreciaciones, amortizaciones, e intereses PAGADOS que se derivaron por esta deuda ... son similares a las adquisiciones de activos... de este modo al permitir la DEDUCCION ANTICIPADA DE LOS ACTIVOS FIJOS ( se entiende que los adquiridos co este nuevo gravamen )... estan promoviendo LA INVERSION.. para que se produscan LOS FACTORES DE PRODUCCION... y este se encuentra compensado con la NO DEDUCIBILIDAD de las depreciaciones....


saludos :laugh:


pdta.- favor de indicarme la tal desviacion del tema, por mi parte,.. ya que en realidad NO MIRO en sus comentarios congruencia...sobre este tema o topico..
Última Edición: 18 años 2 meses antes por mozart.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

  • Saúl Castro Vázquez
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
Más
18 años 2 meses antes #28756 por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: Venta de activo grava IETU
mozart escribió:

Saúl Castro Vázquez escribió:

Sobre este tema hay una respuesta positiva.
Analicen bien:
-El origen del ingreso.
-Su deducción.
IETU a partir de 2008= INGRESOS-DEDUCCIONES de lo que generó el ingreso=Flujo neto.IETU no es=INGRESOSx16.5%

Saludos
C.P. Saúl Castro Vázquez
harinas@webtelmex.net.mx



Usted menciona algo positiva... favor de orientarme de forma legal su criterio...

si bien es cierto.. y todos los de este foro, estamos de acuerdo en que ingreso-deduciones= base gravable..... pero en lo que no estoy de acuerdo... y creame. sin fundamentos legales donde usted manifiesta... que podra ser acto de una deduccion, dependiendo el origen del ingreso ??????... con el debido respeto, existe una gran confusion.....

REQUISITOS DE LAS DEDUCCIONES...

-Deben de corresponder a bienes o servicios cuya enajenacion,concesion del uso o goce o prestacion, CORRESPONDAN A ACTIVIDADES ( PROCESO y FACTORES DE PRODUCCION )POR LAS QUE SE DEBA PAGAR LA CONTRIBUCION..... si usted observa, o analiza, la esencia del ietu,,, va mas que enfocada o dirigida a estos procesos o factores... de ahi se origina una base mas amplia de gravamen..



-Deban de ser ESTRICTAMENTE INDISPENSABLES PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES GRAVADAS...... si usted mira bien el topico.... con la venta de los activos de años anteriores YA PAGADOS, se esta cubriendo una obligacion....meramente fianciera , es decir, la entidad o empresa se esta CAPITALIZANDO..... Y CON dicha capitalizacion usted formara... PARTE DE UN INVENTARIO, COMPRAS, INVERSIONES, GASTOS, ETC, ETC. LAS CUALES SE GENERAN EN UN MISMO CICLO DE PROCESO DE PRODUCCION PARA PODER GENERAR UNA ACTIVIDAD GRAVADA.......si usted piensa que un proceso de produccion es una enajenacion de un bien YA PAGADO para cubrir una obligacion.. y todavia deducirlo ( activos ) pos no..... imaginando sus estados financieros.... tanto como para isr y el mismo ietu....



-Debe estar efectivamente pagadas al momento de su deduccion.... DICHOS ACTIVOS YA FUERON PAGADOS EN AÑOS ANTERIORES... ( favor de mirar bien el topico )...favor de recordar que estos deben ser o son similares a las de la ley del iva... para su deducibilidad....esperando que no confunda las provisiones..... los cuales en este nuevo gravamen EXITEN UNICAMENTE PARA CONTROL FINANCIERO... ya su efecto FISCAL... seran los pagos y cobros de los bienes adquridos con este nuevo gravamen...


-todos deben de ser deducibles para ISR... hasta donde conosco ningun activo ES DEDUCIBLE AL 100%. AUNQUE ESTE YA FUERA PAGADO....los activos se deducen via DEPRECIACION.... y lamentable en la LIETU.... NO EXISTE TAL DFEDUCCION..

Las explicaciones dadas por la autoridad para este tipo de actos son :

en el ambito economico, el importe de las depreciaciones, amortizaciones, e intereses PAGADOS que se derivaron por esta deuda ... son similares a las adquisiciones de activos... de este modo al permitir la DEDUCCION ANTICIPADA DE LOS ACTIVOS FIJOS ( se entiende que los adquiridos co este nuevo gravamen )... estan promoviendo LA INVERSION.. para que se produscan LOS FACTORES DE PRODUCCION... y este se encuentra compensado con la NO DEDUCIBILIDAD de las depreciaciones....


saludos :laugh:


pdta.- favor de indicarme la tal desviacion del tema, por mi parte,.. ya que en realidad NO MIRO en sus comentarios congruencia...sobre este tema o topico..

HOLA:
Ok ya que insistes escribe a mi corrreo y con gusto te doy el fundamento, y asi mismo te doy una cuanta para mis $$$$$.
ESTAS DE ACUERDO??

c.p. Saúl Castro Vázquez
harinas @webtelmex.net.mx

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 2 meses antes - 18 años 2 meses antes #28774 por mozart
Respuesta de mozart sobre el tema Re: Venta de activo grava IETU
No sirve de nada envirte un correo... total, lo mas seguro es que emitas puras tonterias.....


de esa manera jamas se podra nutrir mas esta pagina... pero enfin...



Señores Administradores, trate de llevar esto por la manera mas tranquila, emitiendo comentarios con sustento legal que nos pudiera llevar a una conclusion satisfactoria para esta pagina....por lo demas, disculpas....


en los tribunales, en promocion de amparos, en criterios de excelentes fiscalistas... NO TIENEN UN CRITERIO EN VERDAD FUNDAMENTADO sobre tal aberracion que señala el usuario saul....

pdta.- lamentable hay tipejos que defienden MENTIRAS.... o mas alla.. pura y total irracionalidad..



CON ESTO DOY TERMINADO MI PARTICIPACION EN ESTE TOPICO ..... ya que carece de fundamentos para poder dar credibilidad a ciertos comentarios...


POR MI PARTE, NO OTORGO DERECHO DE REPLICA. fuera lo que fuera... NO DERECHO DE REPLICA...


aahhh no chat... jajajajaja juar... juar.... juar...
Última Edición: 18 años 2 meses antes por mozart.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

  • Saúl Castro Vázquez
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
Más
18 años 2 meses antes #28786 por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: Venta de activo grava IETU
mozart escribió:

No sirve de nada envirte un correo... total, lo mas seguro es que emitas puras tonterias.....


de esa manera jamas se podra nutrir mas esta pagina... pero enfin...



Señores Administradores, trate de llevar esto por la manera mas tranquila, emitiendo comentarios con sustento legal que nos pudiera llevar a una conclusion satisfactoria para esta pagina....por lo demas, disculpas....


en los tribunales, en promocion de amparos, en criterios de excelentes fiscalistas... NO TIENEN UN CRITERIO EN VERDAD FUNDAMENTADO sobre tal aberracion que señala el usuario saul....

pdta.- lamentable hay tipejos que defienden MENTIRAS.... o mas alla.. pura y total irracionalidad..



CON ESTO DOY TERMINADO MI PARTICIPACION EN ESTE TOPICO ..... ya que carece de fundamentos para poder dar credibilidad a ciertos comentarios...


POR MI PARTE, NO OTORGO DERECHO DE REPLICA. fuera lo que fuera... NO DERECHO DE REPLICA...


aahhh no chat... jajajajaja juar... juar.... juar...

HOLA:
Saludos M...
Te mandaré una píldora fiscal

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

  • Saúl Castro Vázquez
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
Más
18 años 2 meses antes #28787 por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: Venta de activo grava IETU
mozart escribió:

No sirve de nada envirte un correo... total, lo mas seguro es que emitas puras tonterias.....


de esa manera jamas se podra nutrir mas esta pagina... pero enfin...



Señores Administradores, trate de llevar esto por la manera mas tranquila, emitiendo comentarios con sustento legal que nos pudiera llevar a una conclusion satisfactoria para esta pagina....por lo demas, disculpas....


en los tribunales, en promocion de amparos, en criterios de excelentes fiscalistas... NO TIENEN UN CRITERIO EN VERDAD FUNDAMENTADO sobre tal aberracion que señala el usuario saul....

pdta.- lamentable hay tipejos que defienden MENTIRAS.... o mas alla.. pura y total irracionalidad..



CON ESTO DOY TERMINADO MI PARTICIPACION EN ESTE TOPICO ..... ya que carece de fundamentos para poder dar credibilidad a ciertos comentarios...


POR MI PARTE, NO OTORGO DERECHO DE REPLICA. fuera lo que fuera... NO DERECHO DE REPLICA...


aahhh no chat... jajajajaja juar... juar.... juar...

HOLA: No se como te llames
Cómo te llamas(n)???????????????
Nunca traté de ofenderte pero si algo te dolió o te molestó mil discuplas.

"Y no soy rollero de tonterías"
Te dejo mi nombre
C.P. Saúl Castro Vázquez

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 2 meses antes #28799 por OSCAR33
Respuesta de OSCAR33 sobre el tema Re: Venta de activo grava IETU
Muchas gracia a todos los que participaron en este topico, en verdad cada uno de sus comentarios sirvio para abrirme un poco mas mi vision en cuestiones fiscales, creo que los mas conveniente en este caso seria recurrir al amparo ya que no se tiene para pagar el IETU dado que lo que se obtuvo por la venta del activo se deposito para pagar el credito con el banco, un agradecimiento en especial a mozart que es un excelente forista y todo lo que escribe lo fundamenta en base a la ley, gracias.

Saludos :)

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.273 segundos
Gracias a Foro Kunena