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¿Reduccion de Multa Diot aplica 50%?
- LOBOZAC
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saludos
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- jpedro967
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Disculpenme pero aun estoy igual que al principio.
?PUEDO O NO PUEDO APLICAR LA REDUCCION DEL 50% PARA 2009, O ME RESIGNO AL 20% DE REDUCCION QUE ME OFRECE EL SAT (En el formato de la multa)?
Espero sus valiosos comentarios y les envio saludos cordiales.
Gracias.
En cuanto a la pregunta de DUDOSO:
La autoridad ya inicio sus facultades de comprobacion?
TE COMENTO QUE HASTA ESTE MOMENTO TODO EL PROCESO DEL SAT, HA SIDO POR MEDIO DE SUS NOTIFICADORES, Y NO HA PRESENTADO NINGUNA ACTA DE INICIO DE AUDITORIA, Y SEGUN MI PUNTO DE VISTA, NO SE HAN INICIADO TALES FACULTADES DE COMPROBACION.
GRACIAS Y ESPERO MAS COMENTARIOS AL RESPECTO.
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- a_cano
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Buenos dias señores del foro:
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Como dato adicional les comento que se trata de una Persona Moral con Ingresos mayores a $ 1,967,870 (Segun yo no aplica la reduccion del 50% que menciona el art. 70 del CFF)
GRACIAS y espero que alguien pueda ayudarme
Por esta parte debimos haber empezado. Efectivamente no procede la reducción (50%) de multa en términos del artículo 70, del Código Fiscal de la Federación.
Saludos
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- jpedro967
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a-cano, efectivamente como tu comentas NO PROCEDE LA REDUCCION DE MULTA DEL 50% ESTIPULADA EN EL ART. 70 DEL CFF POR EL MONTO DE LOS INGRESOS.
PERO, ESA NO ES MI DUDA:
LO QUE YO QUIERO SABER ES SI ¿PROCEDE O NO. LA REDUCCION DE MULTA DEL 50% ESTABLECIDA en el Art. 15 de LA LEY DE INGRESOS 2009?.
GRACIAS y espero y ahora si me haya explicado.
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- Bumblebee
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LO QUE YO QUIERO SABER ES SI ¿PROCEDE O NO. LA REDUCCION DE MULTA DEL 50% ESTABLECIDA en el Art. 15 de LA LEY DE INGRESOS 2009?.
GRACIAS y espero y ahora si me haya explicado.
Segun el Artículo 15, séptimo párrafo de la LIF para el año 2009
Durante el 2009, los contribuyentes a los que se les impongan multas por infracciones derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales federales*1 que corrijan su situación fiscal, [b]pagarán sólo el 50% de la multa que les corresponda si llevan a cabo dicho pago después de que las autoridades fiscales inicien sus facultades de comprobación y hasta antes de que se le levante el acta final de la visita domiciliaria o se notifique el oficio de observaciones, siempre y cuando, además de dicha multa, se paguen las contribuciones omitidas y sus accesorios, cuando sea procedente[/b].
La Autoridad ya inicio sus facultades de comprobación??? por que dice que solo se pagara el 50% de la multa solo despues de que la autoridad inicio sus facultades de comprobacion...
tu que dices?
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- jpedro967
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Compañero DUDOSO, !ahora si que ya me regresaste la papa caliente¡, hice una pregunta y me respondes con otra, pero se bien que todo esto es con el fin de hacerme razonar y te lo agradezco.
Segun mi limitado conocimiento, AUN NO se inician las facultades de comprobacion de la Autoridad, en este caso el SAT; ya que para iniciar estas facultades se precisaria de un acta de inicio de una visita domiciliaria o bien, la solicitud de informacion/doctacion. en el caso de una revision de gabinete.
Y si estoy en lo cierto, no procederia la reduccion del 50% tipificada en la LIF 2009.
ENTONCES, Solicito de favor que Usted u otro compañero del FORO, me CONFIRME SI ESTOY EN LO CIERTO, de que aun no se han iniciado las facultades de comprobacion del Sat; O SI ESTOY EQUIVOCADO PUES QUE ME LO COMENTEN.
GRACIAS y SALUDOS cordiales.
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