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obligacion de llevar contabilidad.

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17 años 4 meses antes #44535 por nicoruiz
Hola.

Tengo la siguiente duda.

Un negocio que esta dado de alta como persona fisica, un restaurant mas o menos grande que tiene trabajadores y vende cerveza y vinos, lleva la contabilidad pero no bien, o sea, no lleva ningun programa de contabilidad, nadamas hace 2 cedulas,todo en excel, una donde pone todos los ingresos del mes con su iva correspondiente, y la otra donde pone todos los gastos del mes, separando las compras y los gastos con su respectivo iva, es toda su contabilidad.

Mi pregunta es, si con eso es suficiente para cumplir con las obligaciones fiscales, si se hace acreedor a alguna multa o sancion.

Se me paso decir, que la declaracion del diot lo hace en la misma cedula de las compras y gastos, solo le agrega el RFC y junta las que son del mismo proveedor.

Y los calculos de impuestos del ISR, IETU, los hace en excel.

Saludos.

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17 años 4 meses antes #44537 por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: obligacion de llevar contabilidad.
Buena noche:

Creo que se debe partir conociendo, ¿En que régimen tributa esta persona?

Esperamos tus comentarios.......

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17 años 4 meses antes #44538 por CPCHARLY
BUENAS NOCHES NICORUIZ

Respecto a la manera q generes la diot no hay problema alguno, tu papel de trabajo hazlo en exel, amano, aprendetelo de memoria, etc no importa, siempre y cuando la envies correctamente atravez del programa del SAT-an,lo unico q te recomendaria es q verifiques q realmente los gastos q se anotan en esa cedula esten efectivamente pagados (flujo de efectivo). Misma recomendacion para tu calculo de impuestos ya q si a la hora de calcular estos jala los datos de ambas cedulas, recuerda q el IETU tanto para ingresos como deducciones deben estar efectivamente cobrados y pagados respectivamente.
Para saber si esta correcta esa contabilidad o no, es necesario saber el regimen en q tributa para conocer sus obligaciones.

SALUDOS B)

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17 años 4 meses antes #44542 por nicoruiz
Perdon, me falto ponerlo.

Es regimen general, actividades empresarial y profesional.

Saludos.

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17 años 4 meses antes #44544 por Kizu
Respuesta de Kizu sobre el tema Re: obligacion de llevar contabilidad.
nicoruiz escribió:

Perdon, me falto ponerlo.

Es regimen general, actividades empresarial y profesional.

Saludos.


Pues opino que para mejor comprensión de lo anterior, lea, o mejor dicho, analice lo que disponen los artículos del 26 al 29 del Reglamento del Código Fiscal, en relación con el artículo 28 del propio Código en vigor, si despues de eso le queda alguna duda, pues de inmediato la comparte y aquí se le ayuda...y tenga en cuenta que ninguna ley obliga a llevar la contabilidad en software contable o sea, en paquete de contabilidad de los que actualmente existen en el mercado, eso ya se hace por beneficio propio, por agilizar el trabajo y todo lo que conlleva el cumplir en forma oportuna y correcta con las obligaciones fiscales...

"Solo hay dos cosas infinitas: El Universo y la estupidez humana". Albert Einstein.

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17 años 4 meses antes #44545 por nicoruiz

Pues opino que para mejor comprensión de lo anterior, lea, o mejor dicho, analice lo que disponen los artículos del 26 al 29 del Reglamento del Código Fiscal, en relación con el artículo 28 del propio Código en vigor, si despues de eso le queda alguna duda, pues de inmediato la comparte y aquí se le ayuda...y tenga en cuenta que ninguna ley obliga a llevar la contabilidad en software contable o sea, en paquete de contabilidad de los que actualmente existen en el mercado, eso ya se hace por beneficio propio, por agilizar el trabajo y todo lo que conlleva el cumplir en forma oportuna y correcta con las obligaciones fiscales...

Gracias por responder.

Por esto tambien pregunto, porque la semana pasada vimos en el codigo esos articulos en la clase de impuestos, entonces ahi se menciona lo siguiente:

Los asientos en la contabilidad serán analíticos y deberán, efectuarse dentro de los dos meses
siguientes a la fecha en que se realicen las actividades respectivas.


Segun lo que yo he visto en las clases de contabilidad, los registros analiticos, se refieron al procedimiento de contable analitico para el registro de las operaciones, por esta el de inventarios perpetuos, detallista, mercancias generales, aunque este ultimo no se usa.

Ademas menciona asientos contables, y una cedula en excel donde se pongan los ingresos y otra los gastas, pues eso no es asiento contable, es decir, no tiene cargo ni abono, solo es como un concentrado, tipo como una bitacora que puso hacienda creo.

Entonces todas esas son mis dudas :unsure:

Saludos.

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