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Asimilado

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17 años 2 meses antes - 17 años 2 meses antes #49204 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: Asimilado
Ciertamente Gil, el cliente no tiene obligacion de otorgar seguridad social, pero en lo personal he visto cada caso en que es todo lo contrario......contadores que trabajan hasta medio dia en empresas y trabajan en la tarde en sus despachos por decirte un ejemplo....y que conste son sus clientes.....


pd-. Gracias mi estimado Charly ( saludos ) por la mencion..

saludos
Última Edición: 17 años 2 meses antes por CPHugoocejo.

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17 años 2 meses antes #49207 por fega
Respuesta de fega sobre el tema Re: Asimilado
tal vez no me explique yo estoy en un despacho todo el dia tengo contribuyentes a los cuales se les lleva la contabilidad obviamente ellos para pagarte te piden un recibo, y yo de mi parte quiero darme de alta como asimilado para evitarme las declaraciones mensuales y anuales asi como el pago de iva e ietu....

espero explicarme

saludos!

FEGA

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17 años 2 meses antes #49209 por jsc23
Respuesta de jsc23 sobre el tema Re: Asimilado
hola, al parecer creo entender lo que preguntas. primero que nada debes de comprender que es asimilable a salarios o mejor dicho honorarios asimilables a salario, existen ciertos casos en los cuales tus ingresos por honorarios los puedes asimilar a salarios, si bien puedes ver que en la ley dice honorarios asimilables, por que? por la simple y sencilla razón que tu estas prestando un servicio de honorarios a un cliente no un servicio personal subordinado( trabajador), en que diferencia un asalariado a un asimilable a salario?, en la subordinación, si eres asimilable no estas subordinado pero si eres trabajador lo estas por lo cual tu "cliente" en este caso tu patron tendra que pagar las cuotas al IMSS correspondientes por tu labor como trabajdor caso contrario si eres asimilable (no subordinado). Espero haberte ayudado, saludos!

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17 años 2 meses antes #49213 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Asimilado
De acuerdo, me queda claro no eres empleado de los contribuyentes a los que les atiendes la contabilidad, entonces es claro no hay obligacion ni a que mencionar la seguridad social, pero...

La pretension de darse de alta para que a tus ingresos por Servicios Profesionales, vulgo honorarios, se les de el trato de Asimilados a Salarios -al amparo del 110-V, supongo- aplicaria y haria posible eludir las mensuales de IVA, ISR e IETU, concediendo no se van a tener ingresos distintos a los contemplados, esto es, no vas a expedir recibos por honorarios normales... ¿Consideras tambien que te libras de la anual?, la respuesta es la misma sin importar el monto de ingresos anualizados...

Para evitar la carga de declaraciones mensuales el total de tus ingresos tendria que ser al amparo del 110-V ya que por un solo recibo que se expida te obligarias a presentar mensuales... de la anual, ¿Que opinas?

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  • Saúl Castro Vázquez
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
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17 años 2 meses antes #49254 por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: Asimilado
sosgtorreon escribió:

De acuerdo, me queda claro no eres empleado de los contribuyentes a los que les atiendes la contabilidad, entonces es claro no hay obligacion ni a que mencionar la seguridad social, pero...

La pretension de darse de alta para que a tus ingresos por Servicios Profesionales, vulgo honorarios, se les de el trato de Asimilados a Salarios -al amparo del 110-V, supongo- aplicaria y haria posible eludir las mensuales de IVA, ISR e IETU, concediendo no se van a tener ingresos distintos a los contemplados, esto es, no vas a expedir recibos por honorarios normales... ¿Consideras tambien que te libras de la anual?, la respuesta es la misma sin importar el monto de ingresos anualizados...

Para evitar la carga de declaraciones mensuales el total de tus ingresos tendria que ser al amparo del 110-V ya que por un solo recibo que se expida te obligarias a presentar mensuales... de la anual, ¿Que opinas?


HOLA: Estimado amigo SOS:
Tengo duda en cuanto al caso concreto si se libera de la declaración anual aúnque rebase los $ 400,000.00?.
Gracias.

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17 años 2 meses antes #49256 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Asimilado
En mi personal apreciacion no habria liberacion de la anual si se tienen ingresos de mas de un cliente en forma simultanea en el mes de diciembre. ¿Motivo?, ¿Porque?, segun yo si bien el tema de asimilados a salarios lo que busca es ofertar un facilismo en el calculo del ISR para determinados ingresos, para que en lugar de aplicar un procedimiento "tradicional" o "estandar" -por llamarles de una forma- se les determine el ISR como si se trataran de asalariados. Deben en un momento dado respetarse ciertas reglas aplicables precisamente a los trabajadores.

Recordando que una de las obligaciones de los trabajadores es la de presentar declaraciona anual en forma individual cuando se perciben ingresos de mas de un patron en forma simultanea, 118-III,c).

Asi las cosas y suponiendo que FEGA se registre en el RFC con Ingresos por honorarios asimilados al amparo del 110-V, segun habia establecido, pero los ingresos los percibe en forma simultanea de mas de un contribuyente -cliente-, a mi ver y entender sin importar el nivel de ingresos que tenga en el ejercicio debera presentar anual en forma individual.

Bueno, esa es mi percepcion y conclusion, la cual puede ser errada y se manifiesta en profundo respeto de las que de ella difieran.

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