RMF 2007
3.16. Régimen de pequeños contribuyentes
3.16.1. Para los efectos del artículo 139, fracción VI, penúltimo párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes a que se refiere este Capítulo, en lugar de presentar declaraciones mensuales, por el ejercicio fiscal de 2007, deberán hacerlo en forma bimestral en las que se determinará y pagará el impuesto en los términos del primer párrafo de la citada fracción VI, debiendo presentar los pagos en los términos de los Capítulos 2.14. a 2.16., a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al bimestre al que corresponda la declaración respectiva.
3.30. De los pagos a que se refieren los artículos 136-Bis, 139, fracción VI y 154-Bis de la Ley del ISR
3.30.1. Para los efectos del artículo 139, fracción VI de la Ley del ISR, los contribuyentes del régimen de pequeños contribuyentes a que se refiere la Sección III del Capítulo II del Título IV de la citada Ley,
que obtengan sus ingresos en las Entidades Federativas que hayan suscrito el Anexo 3 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, realizarán los pagos respectivos de conformidad con los Capítulos 2.14. a 2.16.
Los contribuyentes que perciban ingresos a que se refiere esta regla en los Estados que se encuentran relacionados en la página de Internet del SAT, en el apartado “Nuevo esquema de pago para el Régimen de Pequeños Contribuyentes”, realizarán los pagos en las oficinas autorizadas por las citadas entidades federativas, a través de las formas oficiales que éstas publiquen, mismas que deberán contener como mínimo la información que se establece en el Anexo 1, rubro E, numeral 1.
Los contribuyentes a que se refiere la presente regla, efectuarán el pago del ISR a su cargo, en los plazos establecidos en la regla 3.16.1.
O SEA, ANALOGAMENTE TODAS LAS REGLAS, MENCIONAN LA OBLIGACION DE PAGAR TAL Y COMO LO INDICAN LAS LEYES QUE CORRELACIONAN......EN NINGUN LADO DE LA \"LEY\" , EXISTEN \"FACILIDADES PARA REPECOS PARA 2007
O ALGUIEN TIENE ESAS FACILIDADES ?.....LO DUDO, PQ NO EXISTEN
SALUDOS. Y COMO TE COMENTABA, SE ME HACE MUY ELEVADA LA MULTA.....SI DESEAS TE PUEDO ESCANEAR LA RESOLUCION DE ZACATECAS DE LA MULTA PARA QUE FUNDAMENTES EN UNA DEFENSA...TE DIGO QUE ES \"MEJOR\" PAGAR LA MULTA DE ALRREDEDOR DE 220...O 440 SI NO QUIERES SACAR LA FEA
SALUDOS