Respetable la postura de quien decida no deducir, en lo personal reitero procederia a su deduccion...
Tal y como ya lo habia expresado, todo es deducible y todo es no deducible... Si se decide por deducir, habra que estar dispuesto a defender el punto de vista ante autoridad y compañeros... Ya por hay lo anticipo A_cano en el mismo tenor, debes tener razones para defender la postura...
Han planteado que si se paga el estudio de un empleado es factible como prevision social, cierto... mas no es el caso que se expone... Han planteado la posibilidad de contratar estudiantes y \"pagarles\" los estudios para tener derecho a la deduccion... pregunto; ¿Porque si serian deducibles la capacitacion que pague para mis colaboradores y no la que invierta en mi propia persona?.
Retomando la hipotesis de un medico que toma un curso de especilaizacion, no se, digamos en cirugia laparoscopica, curso que le va a tomar un año de estudios... bajo el encuadre que se esta dando, ese gasto que realice el doctor en capacitarse debe ser considerado como no deducible..., sin embargo me parece adivinar que la mayoria (o todos) diran que ese si es deducible porque es capacitacion y ya es doctor, pero y ¿si el doctor nunca tiene un paciente para aplicar sus estudios?, no modificaria la opinion, es deducible... el hecho posterior no cambiaria la consideracion...
Reitero, en respecto a lo planteado, si procederia a la deduccion, la considero capacitacion, actualmente el estudiante esta trabajando en cuestiones afines a su futura profesion, de hecho el trabajo que actualmente desempeña es gracias a su actual nivel de preparacion academica, que el desee un mayor grado de especialidad (mediante la educacion) para poder abrir su abanico de posibilidades a mi juicio, le abre la posibilidad a la deduccion...
Ahora bien, Lobo, lo manifestamos tanto A_cano como tu servidor; debes tener razones para defender la postura..., casi podria recomendarte NO proceder a la deduccion, lo digo toda vez que comentas ya tener dudas sobre la viabilidad, lo que indica no hay suficiente grado de certeza para convencer a la autoridad (en caso de necesidad) en un futuro.
Pregunta, si algun abogado realizara una maestria en derecho laboral o fiscal, ¿permitiria se la considerara el contador como no deducible?... O acaso solo los estudios de maestria, postgrados y similares pueden ser deducidos como capacitacion personal del contribuyente...
Como yo dije que SI procederia a la deduccion es que expongo mis razonamientos de defensa, no hay interes alguno en convencer a nadie, tan solo es un buen ejercicio, si los comparten o difieren, respetables ambos extremos.
Saludos.
Pdta.- Se les invita a evitar ataques personales a efectos de no tener que cerrar el presente topico.