En mi humilde opinion yo si lo haria dedcible... el porque?
Si bien es cierto que no es necesario el titulo profesional para elaborar unos planos, tambien es cierto que para hacer una contabilidad o una demanda no se necesita un titulo.
Se necesita el titulo cuando
a) el Abogado requiere personalidad juridica ante una autoridad (cuando no necesite notario)
b) Cuando un contador necesita firmar unos estados financieros (y solo por requisito del banco, porque de otra forma el responsable es el contribuyente)
c) Cuando se necesita autorizacion de que unos planos sean validos y en este caso los podria firmar un arquitecto o un Ingeniero civil
En el caso por decir de nuestra profesion, cuenta mas el ceneval que toda la carrera junta, ya que es resuisito ante la autoridad para que puedas dictaminar.
El examen del ceneval, el costo yo si lo haria deducible puesto que seria para prestar servicios adicionales.. como dice Gilberto si lo llego o no a utilizar en un futuro no debe ser condicionante para no hacerlo deducible en el momento.
De igual forma, el \"dibujante\" quiere extender su campo de aplicacion porque en algunos proyectos sera requisito.