Te comento no logro captar o entender el motivo de tu mensaje, la duda que tienes no me queda clara, eso al margen de decirte que lo ideal es que publiques un nuevo mensaje, que le pongas un título que ayude a identificar el contenido y te aseguro vas a tener una mejor respuesta.
matias77 escribió: Hola compañeros, quería preguntar si el pago de multas
puede ser un descuento en el pago de impuestos, estuvo averiguando con una persona que me dijo que se podía tomar siempre y cuando la sanción tuviese algo de relación con el hecho generador de los ingresos, pero la verdad no estoy muy seguro si es verdad o no, espero tener una respuesta contundente.
Una infracción de tránsito es una multa, sanción o pena que se impone por negligencia o culpa del conductor, bueno, al menos eso es lo que se supone, bajo esa premisa a mi entender una multa de tránsito se convierte en un gasto NO deducible de impuestos. Pero te pregunto, ¿A que impuestos te refieres que se le puede descontar?